La DGT ya ha puesto 258 multas por la estiba de la mercancía

La DGT ya ha puesto 258 sanciones por la estiba de los camiones lo que ha causado mucho malestar en el sector.

Los Agentes de Tráfico de la Guardia Civil encargados de la inspección en carretera de los vehículos de transporte han colocado ya 258 multas por mala estiba, y eso que el compromiso de la DGT era de flexibilidad en estos primeros tiempos de aplicación del Real Decreto 563/2017 y que tenían instrucciones de no sancionar, al menos hasta que se publicara la Instrucción de desarrollo del Real Decreto así como las Fichas de Estiba para cada especialidad de transporte.

Mucho malestar es el que tienen las asociaciones de transporte por la actitud de la DGT ante la entrada en vigor el pasado 20 de mayo del Real Decreto 563/2017, que regula las inspecciones de los vehículos de mercancías en carretera en relación con la estiba. Un Real Decreto muy confuso y que ha causado mucha inseguridad entre los transportistas por las dificultades en la aplicación en la práctica de su contenido. Por eso, era fundamental que la DGT publicara, como se comprometió con el sector, unas Instrucciones de desarrollo del Real Decreto que hiciera posible su interpretación correcta y su aplicación en la práctica, así como unas Fichas de Estiba para cada una de las especialidades de transporte, en las que el responsable de la carga pueda acreditar la correcta sujeción de la mercancía.

Ahora, el director de la Dirección General de Tráfico ha manifestado su malestar por la imposición de estas sanciones, por algunas de las agrupaciones de tráfico territoriales, no por todas, ya que las instrucciones no eran éstas, sino que eran de flexibilidad. Y se ha comprometido a publicar en los próximos días tanto las Instrucciones de desarrollo del Real Decreto como las Fichas de Estiba.

Uno de los temas que más preocupan en el sector es el de la responsabilidad. Sobre este tema, el director general de Tráfico ha afirmado que no se va a modificar lo que establece la legislación sobre contrato de transportes, por lo que la responsabilidad es del cargador, salvo pacto en contra, en el caso de la carga completa, y del transportista siempre en caso de carga fraccionada o paquetería.

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