Transportes modifica el CAP para incluir formación online y la convalidación de horas de formación

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación del CAP para introducir formación online y convalidación de horas de formación por la realización de otras formaciones obligatorias. Además, se permitirá la formación virtual del CAP inicial y continuo mientras dure la pandemia.

Un Real-Decreto aprobado hoy en Consejo de Ministros dará «más flexibilidad» al CAP, tanto inicial como continuo a partir de su publicación en el BOE. Hay dos cuestiones fundamentales: la formación no presencial y la convalidación de horas de formación con otras formaciones.

Así, el Real Decreto prevé que se permitirá formación online (u offline ya que no se trata de una formación realizada en tiempo real, si no que el alumno podrá realizar la formación cuando mejor le convenga, es decir, se organizará el conductor la realización de estas horas de formación no presencial) tanto para la formación inicial como continua (en el caso de la formación continua, una Orden Ministerial regulará esta formación no presencial, que no puede tener una duración superior a 12 horas).

En relación con la cualificación de CAP inicial, la formación no presencial (online) solo puede referirse a la formación que actualmente se imparte en aula, y no puede implicar las horas de conducción individual o a bordo de un camión o un autobús. Además, la formación no presencial queda supeditada a que se garantice la identificación fiable del conductor y que existan los medios de control adecuados.

Por otra parte, el Real Decreto también establece la necesidad de actualizar los conocimientos exigidos a los conductores a las nuevas tecnologías, de forma que se recojan en los mismos los nuevos dispositivos que potencian la seguridad vial, la conducción eficiente enfocada al consumo, a una conducción segura en condiciones meteorológicas extremas y en operaciones especiales de transporte (conducción de megacamiones, duotrailers…)

La formación tampoco puede olvidarse de los sistemas de transporte inteligente en funcionamiento o en desarrollo que permiten al conductor conocer con antelación incidencias de tráfico, realizar una evaluación de los riesgos y adaptarse a ellos.

Otro punto importante que se incluye es la convalidación de horas de formación exigidas para la obtención o renovación del CAP por la realización de otras formaciones exigidas por normas comunitarias: ADR, conducción animales vivos, etc.)

Este Real Decreto traspone a nuestro ordenamiento parcialmente la Directiva (UE) 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, y la Directiva 2006/126/CE en lo que a la Directiva 2003/59/CE se refiere, y corrige las deficiencias detectadas desde la implantación de la formación CAP de los conductores por el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio.

CAP en tiempos de pandemia

Además, mientras dure la pandemia se permitirá la formación a distancia pero en tiempo real, (aula virtual) del CAP, tanto inicial como continuo. En el caso del CAP inicial, no podrá hacerse por medio de aula virtual aquella formación que implique estar a bordo del vehículo en cuestión. Es decir, las clases serán en tiempo real (aula virtual) y, en todo caso se tendrá que utilizar una plataforma que, no solo permita la identificación individual de cada conductor, si no que, además, habilite en todo momento la comunicación bidireccional entre los conductores y el formador, es decir, debe disponer de una conectividad sincronizada entre profesores y alumnos. Además, esta plataforma debe permitir a los servicios de inspección del transporte terrestre poder acceder en cualquier momento, y en tiempo real, a las clases que se estén impartiendo, así como a los registros de actividad, con el fin de confirmar que se está ejecutando de forma efectiva la formación.

Novedades también para los centros de formación CAP

También se incluye un procedimiento de autorización de empresas que puedan impartir formación CAP más ágil que el actual y que se llevará a cabo «por medios electrónicos». Se va a permitir a las empresas de formación que puedan abrir sucursales y utilizar aulas móviles, para lo que solo precisarán realizar una comunicación previa a la administración competente.

Además, los conductores podrán presentarse a los exámenes en todo el territorio nacional (en el caso de la formación inicial que es la única que requiere convalidad la formación con un examen) y se mantiene la validez en todo el territorio nacional de las especialidades de los profesores que impartan cursos CAP que ya hubieran resultado acreditadas por el órgano competente.

En una búsqueda de la mejora, el Real Decreto también incluye la posibilidad de que se implante un sistema de evaluación de la calidad de la formación impartida; podrá evaluarse a los profesores por parte de los alumnos, o realizar pruebas aleatorias en los cursos de formación continua. También permitirá que las administraciones soliciten información sobre el funcionamiento de las empresas que imparten la formación CAP.

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