Cómo afecta la Ley de Bienestar Animal al transporte de animales vivos

Las empresas de transporte tienen que tener un plan de contingencia para actuar en caso de accidente o imprevisto a partir del 29 de septiembre.

La Ley de Bienestar Animal, publicada en el BOE el 19 de marzo, afecta de manera específica al transporte de animales vivos. Una ley pionera en Europa, por la protección y derechos que reconoce a los animales vivos, pero que tensa un poco más la cuerda para los transportistas de animales vivos, un subsector ya sometido a una regulación muy estricta.

No hay descanso para los transportistas de animales vivos, siempre está al acecho una nueva norma aún más exigente que la anterior. Una vuelta de tuerca. Y esto ha vuelto a pasar con la reciente aprobación de la Ley de Bienestar Animal, publicada el 29 de marzo en el BOE. Una ley pionera en Europa por los derechos y protección que reconoce a los animales vivos, en tanto que seres vivos con los que compartimos espacio y convivencia. Regula realmente cómo debe ser el comportamiento de los humanos hacia los animales.

En línea con esta consideración, los transportistas de animales vivos tendrán que disponer a partir del 29 de septiembre de este año (seis meses después de la publicación en el BOE de la citada Ley) de un «plan de contingencia» que diseñe las medidas a llevar a cabo en caso de accidente o incidente imprevisto durante el transporte de los animales vivos, que pueda afectar a su salud o a su integridad.

La Ley de Bienestar Animal regula las condiciones de traslado de los animales. Quiere garantizar que se dan las condiciones necesarias durante el transporte para cubrir las necesidades fisiológicas de los animales: los vehículos, también los particulares, tienen que disponer de un sistema de climatización y ventilación que les mantenga en un rango de confort adecuado, a todos los animales por igual. Deben disponer de alimentación y bebida suficiente y un espacio por animal que evite lesiones y/o sufrimiento durante el transporte. Estas exigencias ya se vienen cumpliendo por parte de los transportistas profesionales de animales vivos, pues les son exigidas por la normativa comunitaria desde hace tiempo.

Como curiosidad, comentar que la Ley prohíbe el transporte de animales de compañía por correo o mensajería, como se venía haciendo. Su transporte queda reservado para transportistas profesionales de animales vivos, que deben garantizar su cuidado durante el desplazamiento, en habitáculos adaptados, e incluso pueden hacer el transporte compartiendo el mismo espacio, siempre que cumplan las condiciones establecidas de seguridad vial.

Finalmente, esta Ley modifica la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre para recoger expresamente el derecho de los viajeros de poder transportar sus animales de compañía en transporte público, pero siempre en las condiciones que establezcan las propias empresas de transporte público.

  • Suscríbete a nuestro boletín

NUESTROS DESTACADOS

Se acaba el plazo para solicitar ayudas para el cambio de tacógrafo

El Gobierno ha recordado hoy a los transportistas que se les acaba el plazo para solicitar ayudas para el cambio del tacógrafo por uno...

Infracciones que determinan el riesgo de las empresas de transporte europeas

En el Diario Oficial de la Unión Europea se ha publicado la Directiva que incluye las infracciones que determinan el nivel de riesgo de...

Sanciones por el uso del tacógrafo cometidas en otro Estado miembro o tercer país

La modificación del Reglamento comunitario 561/2006 a principios de este mes, ha dado lugar a una modificación importante y es que ahora cualquier Estado...