
La DGT va a realizar una campaña intensiva de control de la presencia de alcohol o drogas en los conductores, ya que en las últimas semanas ha habido varios accidentes con víctimas mortales en los que los responsables de los mismos han dado positivo en alcohol y/o drogas.
La DGT va a establecer diferentes puntos de control de la presencia de alcohol y/o drogas en los conductores en todo tipo de vías y a cualquier hora del día. Además, ha solicitado a los ayuntamientos de más de 25.000 habitantes que hagan lo mismo.
Los datos con los que cuenta la DGT para intensificar el control de alcohol o drogas en los conductores son los de 2019 (año de referencia):
- Un 39% de los fallecidos en 2019 dieron positivo en el alcohol y/o drogas.
- En el 69% de los casos la tasa era tres veces superior a la tasa máxima permitida en el reglamento de Circulación. En vías interurbanas fue en el 70% y en urbanas del 66%.
- Desde el punto de vista penal, ocho de cada diez conductores fallecidos en accidente de tráfico dieron positivo en alcohol y/o drogas. Si tenemos en cuenta solo las vías urbanas el porcentaje es del 83%.
Cuando conducir bajo los efectos del alcohol o drogas pasa a ser un delito
Conducir con tasas superiores a 0,6 mg/litro de aire espirado o 1,2 gr/litro de sangre es un delito y se trata como tal. En este sentido, según la Memoria de la Fiscalía de Seguridad Vial, en 2019, 48.078 conductores fueron condenados a cumplir alguna de las siguientes penas por conducir con tasas de alcohol y/o drogas elevadas (aquí te explica la DGT cómo se hacen las pruebas de drogas):
Delito | Pena | |
Drogas | Conducir bajo la influencia de las drogas | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. |
Drogas | Negarse a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho de conducir de 1 a 4 años. |
Alcohol | Conducir con tasa superior a 0,6 mg/l aire o 1,2 gr/l sangre | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. |
Alcohol | Negarse a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho de conducir de 1 a 4 años. |
Qué tasas de alcohol y/o drogas superan las permitidas y cuales son las sanciones de la DGT
Según el Observatorio Europeo de Seguridad Vial un 25% de los fallecidos en carretera en Europa han sido por causa del alcohol y solo un 1% de los kilómetros recorridos lo han sido por conductores con 0,5 gr/l en sangre de alcohol o más.
Las tasas de alcohol y/o drogas máximas según nuestro Reglamento de Circulación y las penas por incumplirlos son las siguientes:
Conductores | Límite en sangre | Límite en aire espirado |
General | 0,5 gr/l | 0,25 gr/l |
Profesionales | 0,3 gr/l | 0,15 mg/l |
Noveles | 0,3 gr/l | 0,15 mg/l |
Y las sanciones administrativas que impone la DGT son las siguientes:
Tasa | Sanción | |
Alcohol | De 0,25 a 0,5 mg/l | 500 euros y 4 puntos del carné |
Alcohol | Más de 0,5 mg/l | 1000 euros y 6 puntos del carné |
Alcohol | Reincidentes en un año | 1000 euros y de 4 a 6 puntos en función de la tasa |
Drogas | Conducir con presencia de drogas en el organismo | 1000 euros y 6 puntos del carné |