Documentación electrónica para el transporte internacional en 2024

La Unión Europea ha aprobado un Reglamento que obligará a que todos los países de la Unión Europea acepten que toda la documentación e información que debe acompañar a un transporte de mercancías se pueda presentar en formato electrónico.

Todas las instituciones europeas han dado su visto bueno al Reglamento europeo sobre la información electrónica del transporte de mercancías, normativa que entrará en vigor dentro de cuatro años, aproximadamente en septiembre de 2024.

Estos cuatro años es el plazo que se la ha dado a la Comisión Europea para que regule en detalle el sistema que permita que toda la documentación que tiene que acompañar a un transporte de mercancías se puede presentar en formato electrónico. Este sistema tendrá que ser interoperable, es decir, accesible a todos los participantes en la cadena de transporte: cliente, transportista y autoridades públicas, y también seguro, de manera que se garantice la confidencialidad de los datos.

La documentación en formato electrónico se aceptará en todos los modos de transporte, no solo en la carretera, por lo que se podrá utilizar también en los transportes multimodales y en el transporte combinado. Igualmente, se ha previsto que se puede aplicar en el transporte de mercancías peligrosas.

En el Reglamento se especifica que todos los países tendrán que aceptar la documentación de transporte de mercancías en formato electrónico, pero no impone a las empresas de transporte la obligación de emplear dicho formato electrónico, por lo que se podrá seguir utilizando el “papel”.

Recordemos, que el Gobierno español admite desde febrero de este año que el documento de control se presente el formato electrónico. Esta posibilidad se regula en una resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre que se publicó en el Boletín Oficial del Estado del sábado 22 de febrero de 2020.

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