Documentación obligatoria de los conductores en Francia

Renovación del documento A1 que tiene que llevar el conductor a bordo del vehículo al transitar por Francia.

Los conductores profesionales tienen que llevar una documentación obligatoria cuando transitan por Francia en cumplimiento de la Ley Macron, que fija un salario mínimo para los conductores profesionales, ya sean autónomos o asalariados. Llega el momento de renovar parte de esta documentación al haber transcurrido un año desde su entrada en vigor.

Desde el 1 de abril de 2017, los conductores que se desplazan por Francia tienen que llevar el documento A1 a bordo del vehículo, que acredita que el conductor está dado de alta en la Seguridad Social. Este documento se emite con una validez máxima de un año, por lo que ha llegado el momento de renovarlo para muchas empresas. Para su renovación hay que proceder de la misma forma que para su renovación, por lo que hay que dirigirse de nuevo a la Tesorería de la Seguridad Social y presentar por registro el modelo de solicitud denominado TA-300 firmado y sellado y os aconsejamos que hagáis lo siguiente:

1..-Ya que este documento TA300 sirve para el resto de países de la Unión Europea, incluir en la solicitud todos los países por los que tengáis previsto hacer transporte.

2.-En el periodo solicitado, indicad el tiempo máximo que es un año.

Hay Tesorerías que lo expiden rápido pero otras no, por lo que os recomendamos que os adelantéis en 15 días a la fecha de su expiración para no tener problemas al transitar por Francia y, en cualquier caso, llevar a bordo del vehículo la solicitud del certificado debidamente sellada por el registro de la Tesorería de la Seguridad Social.

Documentos que hay que llevar a bordo del vehículo en Francia:

Asalariados:

-Certificado de desplazamiento en francés en el que debe figurar el representante designado en Francia.

-Copia del contrato de trabajo.

-Certificado A1 de la Seguridad Social.

Autónomos:

-Justificante de altamen el RETA.

-Justificante bancario del último recibo del pago de Autónomos.

-Si el autónomo no es directamente titular de la licencia comunitaria es recomendable llevar algún documento que acredite su relación con la sociedad titular de la autorización/vehículo (por ejemplo, en el caso de cooperativistas).

 

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