El Comité Nacional ha solicitado al Ministerio de Transporte un mayor control de los gestores de transporte, en concreto, sobre el cumplimiento de este requisito obligatorio para acceder a las autorizaciones de transporte. El gestor es la figura que aporta el requisito indispensable para las empresas de transporte conocido como «competencia profesional», antes «capacitación».
Son cuatro los requisitos básicos de acceso al sector de transporte: honorabilidad, capacidad financiera, establecimiento y competencia profesional. La competencia profesional la puede aportar el autónomo, si es una persona física, o uno de los socios en el caso de que se trate de una sociedad mercantil o cooperativa de transporte.
Pero, si, ni el autónomo, en su caso, ni ninguno de los socios cuenta con esta competencia profesional, se puede contratar a una persona que sí la tenga y que el ROTT vigente desde 2019 denomina «gestor de transporte». Se tratará de un trabajador asalariado más, que, en el caso de ser el cónyuge o familiar hasta segundo grado del autónomo estará dado de alta como «autónomo colaborador».
Este ROTT estableció claramente cuáles eran las funciones del gestor de transporte y cuál debía ser su relación laboral con la empresa: tiene que tener contrato a jornada completa, en una categoría profesional equivalente, al menos, a Jefe de Tráfico o Jefe de Administración, y entre sus funciones está la organización del trabajo de los conductores, la supervisión de las autorizaciones de transporte, de los contratos de transporte y la contabilidad de la empresa, la documentación de control, las condiciones de los vehículos y su mantenimiento, la gestión del tacógrafo y tiempos de conducción, etc.
En los últimos meses, se ha observado un incumplimiento creciente, fraude, en este requisito fundamental para acceder a las autorizaciones de transporte: se contrata temporalmente a un «gestor de transporte» para cumplir con el trámite del visado (bianual), al que luego se da de baja, con el consiguiente ahorro en coste laboral.
Para las organizaciones del Comité Nacional se trata de un fraude, favorecido por ciertas gestorías, que debe ser investigado y perseguido por la Inspección de Transporte, dotándose de las medidas legales y administrativas necesarias para acabar con él, ya sea mediante la revocación de las autorizaciones o sanciones, ya que supone un fraude laboral y un claro ejemplo de competencia desleal frente a las empresas que cumplen con este requisito.