FENADISMER ha podido conocer que el Ministerio de Transportes ha decidido que no va a prorrogar más la vigencia de los carnés de conducir mercancías peligrosas ni los certificados de consejeros de seguridad, aunque el Acuerdo Internacional de Transporte de Mercancías Peligrosas permite una nueva prórroga hasta septiembre.
Con motivo de la primera ola del Covid19 y de la segunda ola, los países firmantes del Acuerdo Internacional de Transporte de Mercancías Peligrosas, ADR, establecieron diferentes prórrogas de la validez de los carnés ADR y de los certificados de consejero de seguridad.
España aprobó prórrogas en la primera y en la segunda ola, con lo cual se ha podido prorrogar la vigencia de estos carnés y certificaciones hasta el 1 de marzo de este año, porque nuestro país ha decidido que no se suma a la nueva prórroga aprobada por este Acuerdo Internacional, más conocido como ADR, que permite extender la vigencia hasta septiembre de este año.
En cualquier caso, las prórrogas aprobadas, la última hasta el 1 de marzo, no modificaban la fecha de expiración de los carnés ADR o de las certificaciones de consejero de seguridad (hay que renovarlos cada cinco años), que seguía siendo la que figurara en dichos documentos.
Todos aquellos titulares de carnés de conducir ADR o de certificaciones de consejero de seguridad que no hubieran renovado antes del 1 de marzo, tendrán que acceder a la formación y exámenes como si fuera su primera obtención, por haber caducado.