Europa también quiere acabar con la morosidad

Sede de la Comisión Europea en Bruselas.

La Comisión Europea va a remitir un documento al Parlamento Europeo para su aprobación, se trata de modificar la actual Directiva Europea de la morosidad y sustituirla por un Reglamento que reducirá el plazo de pago a 30 días frente a los 60 actuales. Y es que no solo España, Europa también quiere acabar con la morosidad.

La morosidad en las relaciones comerciales es una «lacra», como la define habitualmente la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad de la que forma parte FENADISMER en representación del transporte, para las empresas, pero especialmente para las pymes y los autónomos, que ven cómo afecta a su capacidad económica, a su flujo monetario y a su competitividad.

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad ha estado trabajando en Bruselas con miembros de la Comisión Europea y del Parlamento Europeo, presentando documentos y datos en los que acredita cómo afecta la morosidad a la correcta marcha de las empresas y cómo perjudica de forma especial a las pequeñas y medianas empresas y a los autónomos.

La conclusión que ha salido de estos encuentros es clara, hay que dar forma a una norma necesaria para todas las pymes y autónomos europeos que proteja sus derechos y les garantice un cobro en el tiempo legal. La morosidad perjudica la competitividad de las empresas, genera mayor incertidumbre, aumenta los costes financieros y los de reclamación de deudas y, si se trata de una licitación pública, reduce la presencia de pymes que no pueden hacer frente a esos plazos de pago extendidos.

Sobre este punto, es fundamental que la modificación de la Directiva Europea sobre Morosidad vaya a transformarse en un Reglamento, porque este tipo de norma se aplica de forma inmediata en todos los Estados miembros, que tienen que incorporarlo a su legislación nacional y no hay que esperar a una transposición, como sucede con las Directivas.

Esta propuesta que presenta la Comisión al Parlamento europeo para su aprobación incluye una modificación relevante, que es la reducción del plazo legal de pago de 60 días a 30 días.

Además, el Reglamento introduce disposiciones para garantizar de forma automático el pago de intereses y pagos compensatorios en caso de morosidad y reducirá la carga y facilitará el acceso a una reparación efectiva a través de la mediación, que tiene un coste bastante inferior a la reclamación judicial.

Os recordamos, en cualquier caso, que el transporte español cuenta con su propio baremo de sanciones por morosidad, de forma que si el cliente paga más allá de los 60 días legales, hay previstas sanciones económicas.

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