
Acabamos de conocer (lunes 16 de marzo a las 16:00 h) que el Ministerio de Transporte ha elaborado una nueva Resolución, publicada el martes 17 en el BOE, que se aplica desde el 14 de marzo, y que declara exento del cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en todo el territorio nacional a todos los transportes sujetos, eso sí, al contrario que la Resolución del 14 de marzo, esta Resolución solo deja exentos los tiempos de conducción diarios así como el descanso semanal, aunque se mantiene la conducción bisemanal máxima en 90 horas.
La nueva Resolución del Ministerio de Transportes, publicada el martes 17, aunque se va a aplicar desde el 14 de marzo, declara exento del cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en todo el territorio nacional para todos los transportes sujetos, eso sí, al contrario que la resolución del 14 de marzo, esta Resolución solo deja exentos los tiempos de conducción diarios así como la obligatoriedad de hacer el descanso semanal, pero el resto de disposiciones relativas al descanso diario, a las horas de conducción semanal y bisemanal se mantienen.
Por lo tanto, se tienen que seguir haciendo reglamentariamente las pausas de 45 minutos (o 15+30) en la conducción diaria, el descanso diario y la conducción semanal no puede exceder de 56 horas y en dos semanas de 90 horas
Es decir, que permite flexibilidad en los horarios de conducción para adaptar el reparto y el transporte a las necesidades actuales, pero no se puede sobrepasar el tiempo máximo conducido en dos semanas que sigue siendo de 90 horas.
En principio, esta resolución estará en vigor hasta el 28 de marzo pero está sujeta a prorrogas sucesivas en función de la evolución de la pandemia del coronavirus.