Hacienda devuelve la totalidad del céntimo sanitario

Céntimo Sanitario, Devolución céntimo sanitarioHacienda está procediendo a devolver ya íntegramente los 2.000 millones reclamados por céntimo sanitario.

Y por este motivo,  FENADISMER ha transmitido formalmente su felicitación al Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, por el anuncio realizado el pasado viernes tras la reunión del Consejo de Ministros por el que su Ministerio va a iniciar esta semana las devoluciones de las reclamaciones presentadas “céntimo sanitario”, correspondiente a los últimos tres años de vigencia del mismo, como consecuencia de la declaración de ilegalidad realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 27 de febrero.

Como se recordará, el Secretario de Estado de Hacienda se comprometió a proceder a la devolución de las reclamaciones presentadas antes de que transcurriera el plazo de seis meses desde que se dictó la sentencia por el Tribunal europeo, plazo que vencía precisamente este sábado.

El propósito de la Agencia Tributaria es acceder a dicha devolución una vez se ha llevado a cabo la comprobación de los documentos justificativos (facturas) que acreditan que el consumidor (ya sea un transportista u otro consumidor profesional o particular) ha soportado el impuesto, lo que ha conllevado una gestión compleja durante estos meses, teniendo en cuenta que el número de reclamaciones presentadas superan las 200.000 solicitudes y que el montante reclamado alcanza los 2.000 millones de euros.

FENADISMER también agradece que al final el Gobierno haya decidido no reducir absolutamente nada del importe de la devolución solicitada respecto del importe total del impuesto que habían soportado los contribuyentes, frente a las dudas iniciales que había planteado el Ministerio de Hacienda, atendiendo a un posible incumplimiento de los mínimos de imposición fiscal sobre los carburantes que exigían las Directivas europeas, y que motivó que el  Gobierno español remitiera una consulta a la Comisión europea para aclarar si dicha parte del impuesto podía ser o no devuelta porque pudiera considerarse ayudas de estado incompatibles con los Tratados de la Unión europea.

Es muy importante tener presente, que todos los contribuyentes que obtengan la devolución de la Agencia Tributaria como consecuencia de la devolución solicitada, realicen una declaración complementaria de los ejercicios fiscales que no han prescrito (2012, 2011 y 2010) y en los que se pagó céntimo sanitario (en 2013 ya no existía el céntimo sanitario) ya que dichos importes deberán imputarse como ingresos en la base imponible del IRPF o del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio anual en que se produjo la deducción del impuesto como gasto del consumo de carburante del cual se obtiene la devolución, salvo que dicho ejercicio fiscal ya hubiera prescrito.

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