Marruecos permite que, al amparo de la autorización bilateral de transporte entre España y Marruecos, mientras dure la crisis sanitaria, determinados documentos obligatorios que requieren una renovación periódica sigan siendo validos aunque estén caducados.
El carné de conducir, el permiso de circulación o la ITV son documentos obligatorios que tienen una vigencia concreta y deben ser renovados periódicamente. El protocolo que han firmado el Gobierno de España y Marruecos, para facilitar el transporte entre ambos países mientras dure la crisisi sanitaria por el coronavirus, permite que los transportes españoles entren en territorio marroquí con esta documentación caducada, pero no sin la tarjeta bilateral de transporte entre ambos países que tiene que seguirse solicitando en el Ministerio de Transportes.
Para esta gestión, la Dirección general de Transportes Terrestres ha habilitado canales especiales durante el estado de alerta y entidades colaboradoras habituales, como FENADISMER, pueden seguir realizando estas solicitudes.
Además del permiso bilateral, el conductor tiene que ir provisto del tríptico de estancia temporal en Marruecos.
Además, se exige que vayan provistos de mascarillas pues de lo contrario pueden ser sancionados con multas de hasta 120 euros (1200 dirhams) o penas de cárcel de hasta tres meses.