Más control contra la competencia desleal

Más control contra la competencia desleal Reunión de las principales asociaciones de empresarios de transporte con representantes del Ministerio de Fomento y de las diferentes consejerías de transporte de las Comunidades Autónomas.

Como todos los años, se ha reunido las principales asociaciones de empresarios de transporte con representantes del Ministerio de Fomento y de las diferentes consejerías de transporte de las Comunidades Autónomas para fijar los criterios que deben gobernar la Inspección del Transporte en 2013. La mayoría de las medidas solicitadas por el sector a la Administración, están encaminadas a terminar con el intrusismo y la competencia desleal.

Así, entre otros criterios, las organizaciones nacionales de transportistas se fijan las siguientes prioridades para encaminar la Inspección del transporte en 2013:

  • Control del intrusismo en el sector de aquellas empresas que no han realizado el visado de las autorizaciones de transporte y continúen ejerciendo la actividad sin estar autorizado para ello. Y es que es preocupante el hecho de que el porcentaje de empresas que no están realizando el visado este año 2012 alcanza el 20% en algunas Comunidades Autónomas.
  • Control de la competencia desleal realizada por empresas extranjeras que transportan en España en perjuicio de las empresas transportistas españolas, muchas de las cuales son creadas por empresas españolas que se deslocalizan y establecen empresas fiscales en países del Este de Europa por sus menores costes fiscales y sociales. En este sentido, se solicita un control exhaustivo del cabotaje realizado por dichas empresas extranjeras requiriendo toda la documentación acreditativa (CMR, tacógrafo, etc.)
  • Control en las inspecciones que se realizan a las empresas de transporte sobre la correcta cotización en la Seguridad Social de sus conductores asalariados, así como erradicación de las prácticas llevadas a cabo por empresas que contratan a sus conductores como trabajadores autónomos.
  • Exigencia de que se delimite la responsabilidad por el documento de control, de tal modo que la responsabilidad del transportista se limite en llevarlo a bordo del vehículo y la de la empresa cargadora se refiere a la elaboración correcta o no del mismo.
  • Establecimiento de un criterio clarificador en relación a la utilización del certificado de actividades tratándose de transportistas autónomos en los que el vehículo de transporte se encuentra inactivo, lo que puede acreditarse mediante los registros del tacógrafo.
  • Limitación de la multiplicidad de sanciones que se imponen en caso de requerimientos de la inspección de transporte que no sean atendidas por la empresa transportista, que da lugar a tantas sanciones por obstrucción a la labor inspectora como vehículos de transporte posea (multiplicidad de sanciones). En respuesta a dicho planteamiento el Ministerio de Fomento aclara que la legislación vigente establece que debe sancionarse de este modo en caso de obstrucción a la labor inspectora en materia de tiempos de conducción y descanso.
  • Delimitación de la responsabilidad de la empresa transportista en casos de exceso de peso, de tal modo que se exima al transportista de responsabilidad sancionadora cuando habiendo exceso de peso justifique que fue sin su conocimiento o acreditando un justificante entregado por el cliente con un peso inferior.
  • Incremento de la inspección sobre el transporte ilegal realizado con vehículos ligeros sin autorización especialmente en los ámbitos urbanos.
  • Clarificación sobre la obligatoriedad o no de la utilización del termógrafo en los vehículos frigoríficos en el caso de la distribución local.

En próximas fechas, el Ministerio de Fomento publicará en su página web www.fomento.es el documento íntegro sobre el Plan Nacional de Inspección para 2012.

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