Navarra ahora sí tiene concedidas competencias en materia de ordenación y regulación del tráfico. ¿Por qué decimos esto? Porque ahora sí podrá establecer restricciones a la circulación de camiones dentro de su territorio, y no cuando lo hizo en 2014 y 2015 y fueron anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
La Junta de Transferencias de la Administración del Estado y la Comunidad Foral de Navarra han acordado la transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Foral en materia de regulación del tráfico y circulación de vehículos a motor.
A partir de ahora la Comunidad Foral tiene competencias en materia de regulación del tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial. ¿Qué consecuencias tiene esta transferencia? La más inmediata, para el transporte de mercancías, es que nos encontramos con otra administración autonómica, junto con la catalana y vasca, que puede fijar sus propias restricciones a la circulación de vehículos a partir de 7,5 Tn.
Esto es algo que ya intentó, y el Gobierno de Navarra publicó su propia resolución de restricciones para camiones los años 2014 y 2015, que fueron recurridas por las organizaciones empresariales de transporte a las que, finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra les dio la razón y declaró nulas dichas Resoluciones. La razón no fue otra que «la vulneración del régimen de competencias establecido en el ordenamiento español.»
Ahora, ya tiene transferidas estas competencias y podríamos tener que tener en cuenta su Resolución de Restricciones a la circulación de camiones en próximos años, junto con las del Estado (competencia del Ministerio de Interior a través de la DGT), las del País Vasco y las de Cataluña.