El nuevo sistema de cotización para los autónomos recibe el visto bueno de todos los interesados

Tras más de un año negociando lo que debe ser el nuevo sistema de cotización para autónomos, basado en sus ingresos reales, ha recibido el visto bueno de todos los interesados en el mismo: el gobierno, por supuesto, pero también las tres principales organizaciones de autónomos, UATAE, UPTA y ATA. La rebaja de la cotización de las bases mínimas los tres primeros años y otros puntos negros han sido superados por lo que a partir de 2023 los autónomos cotizarán por un nuevo sistema más en línea con el régimen general y sobre todo con su rendimiento neto.

Tras el visto bueno de UATAE y UPTA a la última propuesta de cotización de los autónomos realizada por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social la semana pasada, ha llegado el de ATA, organización incluida en CEOE. Para UATAE era una línea infranqueable la rebaja de la cotización de las rentas inferiores; para ATA que las rentas más altas no tuvieran un sobrecoste excesivo en comparación con el sistema actual.

Pero, aunque los tramos han sido el principal escollo, todavía quedan flecos por solucionar, aunque parece ser que la nota común es el entendimiento.

Lo que se ha aprobado es una primera fase, que iría de 2023 a 2025, ambos incluidos. Antes de acabar 2025 se deberá conocer el siguiente tramo que irá de 2026 a 2028; y antes de acabar 2028 se conocerá el siguiente tramo de tres años, hasta 2032 en que se aplicará sin más la cotización en función del rendimiento neto del autónomo.

La cotización se hará sobre el rendimiento neto del autónomo y no sobre los ingresos reales. Esta fue una de las primeras cuestiones que se pusieron sobre la mesa y que el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ya confirmó hace tiempo.

El rendimiento neto del autónomo es la diferencia entre sus ingresos y gastos, con los datos que obtiene Hacienda de las declaraciones de todos. Por lo tanto, al menos al principio, la colaboración entre la Seguridad Social y la Agencia Tributaria va a ser fundamental para que la primera tenga información clara de los rendimientos netos de los autónomos.

Será la Agencia Tributaria quien determine cuáles son los gastos que el autónomo puede decidir de sus ingresos para determinar el rendimiento neto, y la cuota de la Seguridad Social no va a ser considerada un gasto. Además se le descontará un porcentaje extra en concepto de otros gastos ( el 7% para los autónomos personas físicas y el 3% para los autónomos societarios). Ese resultado conformará la cantidad sobre la que el autónomo cotizará una vez que el sistema llegue a su fase definitiva.

El nuevo sistema de cotización para autónomos de 2023 a 2025

Ahora mismo, lo que se ha aprobado es un sistema por tramos de rendimiento netos (la diferencia entre los ingresos y gastos del autónomo). A cada tramo le corresponde una «base de cotización» y una cuota determinada. Estos tramos se aplicarán en 2023, 2024 y 2025:

Tramo
Rendimiento Neto
Base
Cotización 2023
Cuota 2023Base
Cotización 2024
Cuota 2024Base
Cotización 2025
Cuota 2025
Hasta 600751,63230735,29225653,59200
+ 670 a 900849,67260816,99250784,31240
+ 900 a 1166,7898,69275872,55267849,67260
+1166,7 a 1300950,98291950,98291950,98291
+ 1300 a 1500960,78294960,78294960,78294
+ 1500 a 1700960,78294960,78294960,78294
+ 1700 a 18501013,03101045,753201143,79350
+ 1850 a 20301029,413151062,03251209,15370
+ 2030 a 23301045,753201078,433301274,51390
+ 2330 a 27601078,433301111,113401356,21415
+ 2760 a 31901143,793501176,473601437,91440
+ 3190 a 36201209,153701241,833801519,61465
+ 3620 a 40501274,513901307,254001601,31490
+ 4050 a 60001372,554201454,254451732,0530
+ 60001633,995001732,05301928,1590
Elaboración propia.

En esta tabla observamos cómo el Ministerio de Seguridad Social ha tenido que asumir las exigencias de las organizaciones de autónomos para poder ser aprobada: los autónomos con menos ingresos ven reducida progresivamente su cotización hasta los 200 euros en 2025. Para muchos sigue siendo un porcentaje excesivo a pagar por sus escasos ingresos, pero son más las variables que hay que tener en cuenta, como las prestaciones, si son autónomos a jornada completa… y hay que tener en cuenta que a medida que nos acerquemos al modelo final, estos autónomos pagarán un porcentaje, del 30% previsiblemente a falta de confirmar con el decreto ley que se aprueba próximamente, sobre su rendimiento neto real.

Por otra parte, el grupo más numeroso de autónomos, como es fácil conocer por los datos del Ministerio de Hacienda es el que se sitúa entre los 1300 y 1700 euros de rendimiento neto, con las declaraciones actuales. A todos estos autónomos, se les mantiene la misma cotización, si cotizan por la mínima que están cotizando hasta este momento. Insistimos, es el planteamiento para los tres primeros años. A medida que avancemos hacia el sistema definitivo, las cuotas aumentarán porque se aplicará el porcentaje al rendimiento neto real.

Por otra parte, las bases más altas, se quedan lejos de la cotización que inicialmente preveía el Ministerio de Seguridad Social, al menos estos tres primeros años. Esta era una línea roja de ATA, a quien le ha parecido correcto una cotización máxima de 590 euros, en 2025 para las rentas más altas.

Como podemos ver aquí, el sistema finalmente aprobado dista mucho del que inicialmente se planteó.

Y además de los tramos

Hay otras cuestiones que conoceremos cuando se publique el decreto ley próximamente y sabremos si se ha respondido a todas las peticiones de las organizaciones de autónomos, aunque entendemos que sí ya que el principal escollo era encajar los tramos en estos tres primeros años.

Ya que el objetivo de este nuevo sistema de cotización para los autónomos es doble, por un lado hacer más sostenible el sistema de la Seguridad Social y por otro lado, equilibrar las prestaciones de los autónomos a los trabajadores por cuenta ajena:

a) Las organizaciones quieren que se mejore y mucho la prestación por cese de actividad, para que realmente alcance a todos los autónomos y sea accesible; también para los trabajadores en pluriactividad o los que mantienen un trabajo por cuenta ajena. También se va a incluir la capitalización por parte del autónomo de la prestación por cese de actividad, como sucede con la prestación de desempleo.

Se incluye una nueva prestación de cese de actividad parcial por un importe del 50% de la base reguladora del autónoma que es compatible con el mantenimiento de la actividad. El cobro de la prestación oscilará ente cuatro meses y dos años.

b) Que se incluyan también bonificaciones para madres autónomas trabajadoras por cuidado de hijos hasta 12 años o mayores si padecen una grave enfermedad.

c) Las cotizaciones por Incapacidad Temporal no deben ser obligatorias si hay pluriactividad.

d) Que el autónomo pueda cambiar hasta seis veces al año de base de cotización en función de la evolución de sus ingresos y no cuatro como se preveía originalmente. Ya que, si hay cambios sobre lo inicialmente declarado o previsto, el autónomo tendrá que pagar la diferencia o bien se le tendrá que devolver lo que haya abonado de más.

De hecho, según hemos conocido, las cuotas que pagará el autónomo a lo largo del año tendrán el carácter de «provisionales» hasta que al cierre del ejercicio se conozca su rendimiento neto real. De esta forma, si ha pagado de más porque hizo una estimación optimista, la Seguridad Social tendrá que devolver la diferencia, y si sucede lo contrario, el autónomo dispondrá de un plazo para pagar la diferencia.

e) Por cierto, en relación con esto último, una reclamación de ATA es que se iguale el plazo para los autónomos y la Seguridad Social para pagar o devolver, ya que mientras el autónomo tiene un mes para abonar la diferencia en las cotizaciones, la Seguridad Social tiene cinco meses para pagar lo que se haya cotizado de más.

f) Se fijará una tarifa reducida de 80 euros/mes para el primer año de actividad del autónomo, que podrá prolongarse un año más en caso de ingresos bajos (que no superen el Salario Mínimo Interprofesional).

g) Será el autónomo el que tenga que hacer una previsión de ingresos cuando se de de alta en el sistema y a lo largo del año se irá ajustando con los ingresos y el rendimiento neto real.

h) Desde 2023 desaparece el tope máximo de base de cotización para los autónomos mayores de 47 años, ya que al cotizarse por ingresos reales, si estos son superiores a esa base de cotización, pierde todo sentido mantener el tope.

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