
El Paquete de Movilidad aprobado en julio incluye la obligación de registrar los cruces de frontera en el tacógrafo. La obligación indica el reglamento modificado es a partir del 2 de febrero de 2022, pero la Comisión Europea indica que esta fecha solo es aplicable para los tacógrafos digitales, los analógicos ya están obligados a anotar manualmente en los discos los cruces de frontera.
Los vehículos provistos con tacógrafo analógico que realicen transporte internacional (hay que reconocer que serán muy pocos, ya que en España, el segundo país europeo con la flota más vieja, representan al 20% del total, son camiones de más de 14 años, y el poco transporte internacional que hacen es con Francia o Portugal) deben registrar de forma manual en el disco diagrama cada cruce de frontera.
¿Y cómo hacerlo? En la primera parada que haga el conductor en el país al que ha cruzado con el camión, debe registrar en el reverso del disco el símbolo del país al que ha entrado. En el caso de que acceda a este país en ferry o tren, debe hacerlo en cuanto llegue al puerto o estación del país al que entra.
Y la Comisión Europea ha indicado que esta obligación es exigible desde ya para los vehículos que realicen transporte internacional y vayan provisto de tacógrafo analógico.
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