Ya conocemos las líneas básicas del Plan de Inspección de Transporte por carretera 2019 que cada año elabora el Ministerio de Fomento en colaboración con las Comunidades Autónomas y el Comité Nacional. Para 2019 sigue siendo prioritaria la lucha contra la competencia desleal y el dumping social que llevan a cabo las empresas buzón.
En colaboración con la Inspección de Trabajo, en 2019 se va a intensificar la vigilancia de las empresas buzón; también de las plataformas logísticas de negocio en internet que, sirviéndose de la actual situación, y bajo una denominada falsamente «economía colaborativa» están llevando a cabo labores de intermediación que no están debidamente autorizadas.
El control que se va a efectuar sobre las empresas deslocalizadas, en cumplimiento de la Directiva comunitaria 22/2006 que prioriza el control sobre las empresas de mayor riesgo, se va a realizar tanto en en carretera (en vehículos ligeros y pesados) como en las empresas cargadoras (donde se velará por el cumplimiento de la normativa social y de cabotaje).
Además, el Plan de Inspección 2019 contempla las siguientes actuaciones:
- Se continuará la inspección de las operaciones que tengan su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como son las plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías.
- Se hará un especial control sobre las áreas de negocio de economía colaborativa on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas.
- Se hará un intercambio de formación entre la Inspección de Transporte y de Trabajo para mejorar la coordinación.
- Se introducirán nuevas tecnologías para la mejora de la labor de inspección (pago con tarjeta, tablets de control, elementos de control de documentos de control electrónicos, entre otros).
- Se llevará a cabo el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota en torno a los 450.000 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse al menos 2.961.644 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que la mitad se deberán controlar en la sede de las empresas y la otra mitad en carretera, en concreto 888.493 jornadas de trabajo. El periodo a controlar en cada inspección que se haga a las empresas transportistas será por regla general de 45 días.
- Con objeto de aumentar la eficacia inspectora de los posibles excesos de peso, se llevarán a cabo dos controles de larga duración con la participación de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.