Restricciones a la circulación en Madrid desde el 23 de noviembre hasta el 7 de enero

Desde el 23 de novoembre hasta el 7 de enero restricciones a la circulación en el centro de Madrid

Un año más, con motivo de las fiestas de Navidad, el Ayuntamiento de Madrid ha decidido establecer medidas especiales, restricciones, a la circulación de vehículos en el centro de la capital. Este año hay novedades con respecto al año anterior y además hay que tener en cuenta que el 30 de noviembre entra en vigor la normativa referente a «Madrid Central». 

Conforme a la información que nos ha facilitado el Ayuntamiento de Madrid,  entre el 23 de noviembre de 2018 y el 7 de enero de 2019 (ambos incluidos), se tiene previsto implantar de manera anticipada y programada una serie de medidas de control y regulación de la circulación del tránsito peatonal y motorizado.

Este año, con dos grandes novedades con respecto a años anteriores:

  • El proyecto de remodelación y acondicionamiento de la Gran Vía se encontrará concluido el 23 de noviembre de 2018, con lo que dicha calle presentará una imagen renovada como eje peatonal (con aceras más amplias) y comercial de referencia internacional: más espacio para el tránsito y estancia peatonal y dos carriles menos para el tránsito de vehículos (quedarán dos carriles por sentido, uno de ellos reservado a autobús, taxi y motos).
  • El 30 de noviembre de 2018 entrará en funcionamiento ‘Madrid Central – Zona de Bajas Emisiones’ una gran Zona de Bajas Emisiones (de 472 hectáreas) con prioridad residencial y en la que se favorecerá la movilidad peatonal y ciclista y el transporte público. Esta circunstancia conllevará que a partir de la fecha indicada se apliquen las limitaciones de acceso y estacionamiento específicas en el Centro conforme a las normas de Madrid Central – Zona de Bajas Emisiones’ .

Medidas de restricción del tráfico para vehículos de transporte 

Durante el periodo comprendido entre el 23 de noviembre de 2018 y el 7 de enero de 2019 (ambos incluidos) de 11 a 23 horas, por motivos de seguridad, los vehículos de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada destinados para el transporte de mercancías o personas tendrán prohibido circular por la calle Gran Vía (desde la Plaza de España hasta su confluencia con la calle Alcalá). A su vez, se encontrará prohibida la circulación a todos los vehículos de la calle Aduana desde las 11 hasta las 23 horas (salvo residentes y servicios) y en la calle Jardines.
En virtud de lo anterior, las operaciones de carga y descarga de mercancías en la calle Gran Vía deberá hacerse exclusivamente en el horario comprendido entre las 23 y las 11 horas y en las calles Aduana y Jardines entre las 8 y las 13 horas.

 

 


A continuación se recogen los vehículos exceptuados de la prohibición temporal de circulación:

  • Autobuses de la Empresa Municipal de Transportes.
  • Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario.
  • Autobuses del servicio especial de transporte urbano de viajeros para contemplar la iluminación navideña, organizado por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.
  • Aquellos vehículos que aún sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban autorización expresa de la Dirección General de la Policía Municipal como medida excepcional.

 La solicitud para obtener dicha autorización se dirigirá por escrito al correo  electrónico [email protected] en los cuatro días hábiles anteriores al día o días para los que se solicite la preceptiva autorización, debiendo contener los requisitos mínimos especificados en la Resolución de noviembre de 2018:

  • Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.
  • Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretende acceder a las zonas objeto de las restricciones.
  • En el caso de ser un vehículo destinado al transporte de mercancías, se deberá incluir un manifiesto de la carga que se porta.
  • Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de la solicitud, bien como conductor/es, bien como acompañantes o pasajeros.
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