Siguen bajando las ayudas al abandono de la actividad

Siguen bajando las ayudas al abandono de la actividad Ya ha salido publicada en el BOE la convocatoria de ayudas para el abandono de la actividad para este ejercicio 2013.

La novedad es que se reducen a 11 millones de euros la cuantía de las ayudas, lo que implica que la edad mínima para poder acogerse a ellas queda en 63 años, salvo que el transportista padezca alguna incapacidad declarada. El plazo para la presentación de solicitudes es hasta el próximo 4 de marzo de 2013.

Los requisitos para solicitar la ayuda son los siguientes:

  • Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años. Se permitirá, no obstante, una única interrupción por periodo no superior a tres meses.
  • Tener una edad igual o superior a 63 años. También podrán solicitarla las personas que con independencia de su edad tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.
  • Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (copias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud). Se permite una única interrupción por periodo no superior a tres meses.
  • No haber desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad en años anteriores.

Cuantías de las ayudas

El Ministerio de Fomento otorga por la autorización o autorizaciones de transporte público 30.000 € y, además, para transportistas con edad inferior a 65 años, adicionalmente 5.300 € por cada semestre completo hasta cumplir los 65.

Requisitos para el pago.

La persona que resulte beneficiaria de la ayuda deberá realizar los siguientes trámites:

  • Renuncia a la/s autorización/es de transporte.
  • Compromiso formal de abandono de la profesión de transportista, así como a no aportar su capacitación profesional.
  • Renuncia, en su caso, a la titularidad de permisos de conducir válidos para vehículos de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses.
  • Disponer de la autorización de transportes en vigor hasta el momento de la renuncia.

En el caso de estar interesados en solicitar esta ayuda, podéis poneros en contacto con vuestra asociación provincial de FENADISMER, quien os informará de la documentación necesaria para tramitar esta solicitud y los plazos para ello.

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