Subasta de conductores «colaborativos» para completar la ruta cuando no llega el tacógrafo

Un conductor introduce datos en un tacógrafo digital.
Aplicaciones que ofertan conductores si no te llegan las horas del tacógrafo para completar la ruta. ¿Es legal?

Nuevas aplicaciones para el transporte aparecen cada día. La mayoría para facilitar, mejorar y simplificar el trabajo diario, pero, otras, las menos, para que algunos saquen tajada de las dificultades de la actividad de transporte, como las recientemente aparecidas de «subasta de conductores». Que no se denominan así, claro, son «conductores colaborativos».

Una de las mayores dificultades de los transportistas es llevar a rajatabla los tiempos de conducción y descanso y, aún más difícil, que el cumplimiento de esta estricta normativa cuadre a la perfección con las rutas de los camiones. Puestos de trabajo, softwares y multitud de herramientas se han venido desarrollando para ayudar a los gestores de transporte a planificar correctamente las jornadas de conducción y trabajo de los conductores con los tiempos de conducción y descanso. Lo mismo en el caso de los autónomos, que a la vez son conductores.

Pues la solución, para algunos, es la «subasta de conductores» a través de aplicaciones (si tecleas «conductor camión colaborativo» en internet te salen unas cuantas), en la que conductores profesionales se han dado de alta y, cuando «alguien», registrado también en la aplicación, solicita un conductor para completar un servicio porque alguna incidencia a él no le permite completar la ruta sin exceder sus tiempos de conducción, se ofertan conductores con precio y se elige al más barato o no…

Y una vez más, para «blanquear» una actividad ilegal en el transporte profesional, se promociona como «conductores colaborativos» (¿nos acordamos del término «economía colaborativa» que ha convertido en uno de los hombres más ricos del mundo al que lo acuñó?) o «la libertad a una app de distancia». La libertad de usarla o no, entendemos.

¿Cómo beneficia esta nueva oferta al transporte? ¿A la escasez de conductores? ¿A la mejora de las condiciones de trabajo de los conductores? Si los conductores «disponibles» para completar tu ruta se subastan, se ponen precio y eliges al más barato… a mejorar las condiciones salariales no contribuye.

¿Qué relación tienen estos conductores con la empresa para la que completan un servicio? Porque la normativa de transporte es clara: tiene que haber relación laboral, también con el autónomo. Si no lo es (asalariado), es porque están sujetos a alguno de los tipos de relación que la normativa de transportes, de trabajo y tributaria permiten (autónomos colaboradores, por ejemplo, en el caso de familiares del autónomo y que hay que incluir y declarar).

¿Qué va a pasar si una inspección de transporte para al camión? ¿Cómo va a explicar ese segundo conductor «colaborativo» su presencia a bordo del camión y conduciendo? Y si hay un accidente o un incidente, ¿los seguros van a responder? Los del camión, los de la mercancía… Y cuando una inspección de transporte de la empresa pida los discos o datos del tacógrafo de un periodo de tiempo… ¿cómo van a justificarse esos kilómetros que no ha conducido ningún conductor de la empresa?

Lo que preocupa a FENADISMER ahora es que ningún transportista, autónomo o no, utilice estos servicios porque no son legales y pueden verse en un serio problema con la inspección de transporte.

La flexibilidad aportada por la última modificación de la normativa de tiempos de conducción y descanso, que permite prolongar el tiempo de conducción diario y/o semanal para cubrir una ruta, de forma excepcional y siempre que el cómputo bisemanal cuadre; o realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos si son fuera del país de establecimiento del conductor, no permite subir al camión a un conductor ajeno a la empresa para que cubra una, dos o las horas necesarias para llegar a destino, si el conductor ha agotado ya sus horas diarias, semanales o bisemanales.

Y ese conductor que se subasta, ¿es autónomo? ¿Asalariado? ¿Qué clase de cobertura, seguro, alta, tiene para cotizar a la seguridad social, estar protegido frente a cualquier incidente o accidente en ruta? o ¿Cómo paga a Hacienda?

Muchas son las preguntas que nos surgen. Aunque, sobre todo, lo que no salimos es del asombro. Y esperamos que el asombro se acabe pronto y que esta vez sí, se utilice la legalidad para acabar con esta práctica.

  • Suscríbete a nuestro boletín

NUESTROS DESTACADOS

Se acaba el plazo para solicitar ayudas para el cambio de tacógrafo

El Gobierno ha recordado hoy a los transportistas que se les acaba el plazo para solicitar ayudas para el cambio del tacógrafo por uno...

Infracciones que determinan el riesgo de las empresas de transporte europeas

En el Diario Oficial de la Unión Europea se ha publicado la Directiva que incluye las infracciones que determinan el nivel de riesgo de...

Sanciones por el uso del tacógrafo cometidas en otro Estado miembro o tercer país

La modificación del Reglamento comunitario 561/2006 a principios de este mes, ha dado lugar a una modificación importante y es que ahora cualquier Estado...