Ya no hay requisito de antigüedad del vehículo para acceder al sector

Hoy, 6 de noviembre, ha publicado el BOE la sentencia del Tribunal Supremo que elimina la antigüedad máxima inicial de los vehículos de transporte para acceder al sector. Por eso FENADISMER solicita a Transportes que regule de forma que se asegure un acceso ordenado y con garantías al sector.

Publicada la sentencia del Tribunal Supremo en el BOE, anulando la exigencia de una antigüedad máxima de los vehículos de cinco meses para acceder al sector, ningúna Comunidad Autónoma puede ya exigirlo.

A partir de ahora, la competencia profesional, la honorabilidad, capacidad económica y disponer de un establecimiento serán los requisitos que puedan pedirse, para el transporte pesado. En la práctica, para FENADISMER esto supone acabar con la regulación del sector al permitir un acceso desordenado e indiscriminado con cualquier vehículo tenga la antigüedad que tenga.

Tampoco va a beneficiar ni la política de reducción de emisiones del transporte ni la seguridad vial, al permitir que con vehículos de 10, 15 o más años se pueda acceder al sector.

Si malo es en transporte pesado, preocupante es en transporte ligero, ya que la antigüedad máxima era prácticamente el único requisito que permanecía para fijar un pequeño filtro de acceso.

El permitir el acceso indiscriminado solo va a beneficiar a las grandes plataformas logísticas y multinacionales que ya operan en nuestro país, contribuyendo aún más a precarizar el sector.

Por eso, es imprescindible, opina FENADISMER que el Ministerio de Transportes elabore cuanto antes una regulación más estricta de acceso al mercado de transportes, que pasaría por «endurecer» los requisitos que actualmente se exigen, sobre todo en relación con la competencia profesional y la capacidad financiera de las empresas.

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