Cuando se acaban de romper las negociaciones entre cargadores y transportistas por la pretendida imposición de los primeros de las 44 toneladas para poder avanzar en la negociación de medidas que optimicen el transporte, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declara ilegal la regulación catalana sobre las 44 toneladas.
La Generalitat de Cataluña impuso las 44 toneladas en su territorio en contra de la opinión de los transportistas en 2012. Inmediatamente esta decisión fue recurrida por FENADISMER y el resto de las organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte. Y ha sido ahora cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se ha pronunciado, «anulando y dejando sin efecto jurídico» la posibilidad de transportar hasta 44 toneladas en el territorio de la Comunidad catalana al entender que la Administración autonómica «se excedió en cualquier caso en sus competencias», condenando además a pagar las costas del proceso a los demandados, la Generalitat de Cataluña y las asociaciones de cargadores AECOC y TRANSPRIME.
Cierto es que la Generalitat había decidido dejar sin efecto esta medida en octubre de 2014 debido a las presiones de los transportistas y sobretodo a la ineficacia de la medida en solo su territorio. Pero, esta sentencia del Tribunal Supremo de Cataluña es muy bien venida, y para FENADISMER es un respaldo en su negativa a ampliar la capacidad de carga de los camiones, en un momento en el que el debate de las 44 toneladas, y las presiones de los cargadores, están más de actualidad que nunca.