El Gobierno Balear solicita que Ibiza y Menorca queden exceptuadas del tacógrafo

Un conductor saca el ticket del tacógrafo digital

Aprovechando que el Ministerio de Transportes está elaborando un Decreto para trasponer la nueva regulación sobre tiempos de conducción y descanso contenida en el Paquete de Movilidad, el Gobierno Balear ha solicitado al Ministerio de Transportes que Ibiza y Menorca queden exceptuadas del tacógrafo.

El Paquete de Movilidad aprobado en julio de 2020 incluye modificaciones en el reglamento de tiempos de conducción y descanso, el conocido como Reglamento 561, que hay que trasponer a nuestra normativa. En dicho Reglamento se incluyen novedades sobre actividades de transporte que quedan exceptuadas de la obligación de utilizar el tacógrafo y cumplir con los tiempos de conducción y descanso, ya sea por el sector de la actividad o por el ámbito geográfico en el que se realiza.

En lo que respecta a España, la nueva regulación permitirá que los transportes que se realicen íntegramente en Ceuta y Melilla queden libres de utilizar el tacógrafo. En relación con el transporte realizado íntegramente en islas (transporte insular), en el Reglamento 561 se mantiene la redacción anterior, que permite que cada Estado pueda opcionalmente exceptuar del uso del tacógrafo a «los transportes realizados en islas que no superen los 2.300 km2 y que no estén unidas al resto del territorio nacional por puentes, vados o túneles abiertos a los vehículos de motor«.

Basándose en esta excepción optativa, el Gobierno balear ha solicitado que se incluya en el Decreto que prepara el Ministerio de Transportes a Ibiza y Menorca como territorios exceptuados de tacógrafo, como ya lo estuvieron años atrás. En 2017, se estableció el límite territorial insular mínimo en 1.500 km2, lo que dejó fuera del tacógrafo a todas las islas españolas, menos a Mallorca, Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, con una superficie superior a esos 1.500 km2, cuyos tranpsortistas tenían la obligación de utilizar este dispositivo de control y cumplir con los tiempos.

La cosa empeoró en 2019, cuando una modificación «incomprensible» a juicio de FENADISMER, eliminó la excepción del uso del tacógrafo en territorios insulares que no superaran los 1.500 m2 y fijó el nuevo límite en 250 km2. Desde entonces, solo los transportes realizados en la isla de Formentera están libres de usar el tacógrafo.

El actual proceso de modificación del Decreto que adapta el Reglamento 561 a la normativa española ha servido de excusa a las autoridades baleares para solicitar que se aplique la excepción del uso del tacógrafo en las islas de hasta 2.300 km2 de superficie, el máximo que permite el Reglamento 561, lo que liberaría del uso del tacógrafo a los transportes realizados en Menorca e Ibiza, además de en las Islas Canarias, pero no afectaría a Mallorca, que sobrepasa los 2.300 km2.

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