Cataluña levanta todas las restricciones a camiones y anula los desvíos obligatorios

El Departamento de Interior catalán va a publicar una resolución con la que Cataluña levanta todas las restricciones a camiones que todavía estaban en vigor. También se suspenden las restricciones permanentes establecidas en los tramos de la N-II, N-240 y N-340 que obligan a los camiones a desviarse a las autopistas de peaje.

La nueva resolución que va a hacer pública el Departamento de Interior catalán levanta todas las restricciones que todavía estaban en vigor en Cataluña. Esta resolución deja sin efecto desde el domingo 29 de marzo de 2020, y mientras esté vigente el estado de alarma y sus prórrogas, las restricciones a la circulación aplicables a los vehículos y conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías en general, los vehículos especiales y a los vehículos que realizan transportes especiales y a los vehículos y conjuntos que transportan mercancías peligrosas.

En la resolución se especifica que, en este caso desde el miércoles 1 de abril, se deja sin efecto las restricciones permanentes establecidas en los tramos de la N-II, N-240 y N-340 que obligan a utilizar las autopistas de peaje a los camiones de cuatro o más ejes y de más de 26 toneladas de MMA o MMC.

También desde el miércoles 1 de abril se levantan las restricciones que se aplican a las mercancías peligrosas y a los transportes especiales y vehículos especiales durante los domingos y festivos en todas las carreteras catalanas, y también se suspenden las limitaciones a su paso por los túneles del Cadí y de Vielha y, para los transportes especiales, por la A-2 entre los km. 444 527.

Igualmente, se concreta que también quedan sin efecto las restricciones fijadas para las carreteras N-230 y C-28 en el Valle de Arán.

Restricciones que siguen vigentes en Cataluña

Sin embrago, hay algunas limitaciones que siguen vigentes. Como la que obliga a los vehículos o conjuntos de vehículos de todo tipo que superen los 7.500 kilos de MMA o masa máxima del conjunto (MMC), que circulen de paso por Cataluña o en largos recorridos por su territorio, con origen y destino separados por más de 65 kilómetros, a que utilicen la red de itinerarios europeos o las autopistas, autovías y vías preferentes o desdobladas disponibles.

También se mantiene la obligación de que los vehículos de mercancías peligrosas respeten los itinerarios establecidos para este tipo de transporte.

Por otra parte, hay que señalar que el Departamento de Interior catalán ya emitió a mediados de marzo una primera Resolución para el levantamiento parcial de algunas restricciones, cuya validez finalizó el día 28 de marzo. De ahí que esta nueva Resolución que entra en vigor el día 29 de marzo, a pesar de redactarse el día 31.

Por otra parte, esta nueva Resolución sirve de complemento a la Orden de 20 de marzo del Ministerio del Interior, con la que el Gobierno central asumía las competencias sobre las restricciones a la circulación en todo el territorio nacional, incluido el País Vasco y Cataluña. El levantamiento de restricciones que se fijó desde el Gobierno central tampoco era total, como se dijo erróneamente desde algunas asociaciones de transportistas e incluso desde la página web de la DGT.

Esta nueva Resolución del Departamento de Interior catalán, que tiene entre sus motivaciones concretar la Orden del Gobierno, sí que se puede decir que suspende todas las restricciones a la circulación en Cataluña mientras dure el estado de alarma y sus prórrogas.

Prórroga de las autorizaciones de transporte especial

En cuanto a las autorizaciones de transporte especial y para megacamiones, desde el Servicio Catalán de Tráfico nos han informado que las autorizaciones se han prorrogado automáticamente y han enviado el informe correspondiente al Ministerio del Interior, que es quien debe dar el visto bueno definitivo.

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