El transporte necesita una norma antidumping social ya

Bruselas empieza a tomarse en serio la competencia social desleal (Dumping social) y prepara normativa contra ella, pero el transporte necesita ir más allá
Bruselas empieza a tomarse en serio la competencia social desleal (Dumping social) y prepara normativa contra ella, pero el transporte necesita ir más allá

La Comisaria Europea de Empleo, Marianne Thyssen, ha presentado esta semana una reforma de la actual Directiva europea sobre desplazamiento de trabajadores en el ámbito de la Unión Europea, con el objetivo de lograr un clima de competencia leal y de respeto de los trabajadores que tengan su empleo en un Estado miembro pero que su empleador los haya enviado a trabajar temporalmente en otro Estado miembro.

Así, frente a la Directiva actual que establece que, como máximo, los empresarios que desplacen a un trabajador a otro país deben abonarle el salario mínimo establecido en el país de acogida, este proyecto de Directiva establece que los trabajadores desplazados se beneficiarán de las mismas normas salariales y laborales que los trabajadores locales, por ejemplo, se les aplicarán idénticas normas de remuneración para ambos. En palabras de la propia Comisaria de Empleo: “Se establece el principio de un salario igual para un trabajo idéntico en todos los sectores”.

Por ello, la Directiva europea será de aplicación a todos los sectores económicos, especialmente a aquellos en que se produce una mayor movilidad de trabajadores entre los Estado miembros, como son la construcción, la industria manufacturera y los servicios a empresas.

A este respecto, FENADISMER va a plantear a la Comisión Europea la necesidad de establecer una regulación específica para el transporte por carretera, ya que el contenido del proyecto normativo está principalmente enfocado al desplazamiento de trabajadores de forma estable, es decir, en sectores de actividad en los que se requiere cierto período de permanencia del trabajador en el país de acogida.

Esto no ocurre en el sector del transporte por carretera, ya que, por su propia idiosincrasia, implica que los conductores llegan a desarrollar su actividad en diferentes países a lo largo de una jornada diaria, lo que hace imprescindible establecer una regulación específica que permita un control adecuado de la actividad realizada por los conductores pertenecientes a empresas de transporte deslocalizadas en países con menores costes laborales y fiscales, sin que en dicho país de establecimiento realicen ninguna actividad real.

Por ejemplo, en el caso de España, diariamente cruzan sus fronteras más de 11.000 conductores pertenecientes a empresas de transporte extranjeras, de ellos la mitad corresponden a empresas establecidas en el Este de Europa, cuyos costes laborales llegan a ser ocho veces inferiores a los existentes en nuestro país, lo que ha supuesto que aproximadamente la mitad de las exportaciones e importaciones españolas sean transportadas por vehículos pertenecientes a empresas de transporte extranjeras.

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