Hacienda confirma que recortará las devoluciones del céntimo sanitario a la mitad en el mejor de los casos y a nada en muchos

Céntimo sanitario, devolución céntimo sanitaria, HaciendaComo os adelantábamos la semana pasada, Hacienda ha confirmado a las organizaciones de transportistas que aplicará su propia interpretación de la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia, que declara ilegal el céntimo sanitario y obliga al Estado a español a su total devolución, lo que supone un profundo recorte en las cantidades que devolverá a los más de 200.000 reclamantes de su devolución. Y es que, en función de donde se hubiera repostado, los reclamantes podrían llegar a no percibir nada del importe reclamado.

El pasado viernes 10 de Octubre, la Agencia Tributaria convocó a FENADISMER y las restantes asociaciones de transportistas para confirmarles la decisión definitivamente adoptada por el Ministerio de Hacienda en relación con el importe de la devolución que se va a realizar por parte de la Agencia Tributaria a las más de 200.000 reclamaciones presentadas con ocasión de la Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de Febrero.

Aplicando su propio criterio para la devolución del céntimo sanitario, y amparándose en una supuesta autorización por parte de la Comisión Europea, la Agencia Tributaria sólo va a devolver aquella parte del impuesto que exceda del importe mínimo de tributación sobre los carburantes que establecen las Directivas europeas sobre fiscalidad de los hidrocarburos. En la práctica supone que el tramo estatal del céntimo sanitario (2’4 céntimos por litro de carburante) no va a ser devuelto y que respecto del tramo autonómico del impuesto (las Comunidades autónomas que lo hayan cobrado que no han sido todas), sólo se devolverá aquella parte que no haya sido reintegrada con anterioridad a través de la figura del gasóleo profesional.

Todo esto implica que, en función del lugar donde se haya producido el repostaje, el reclamante podría llegar a no percibir prácticamente nada del importe reclamado (como es el caso de aquellos contribuyentes que hayan consumido carburante exclusivamente en Comunidades autónomas donde no se hubiera implantado el tramo autonómico), y que, en el mejor de los casos, los importes a abonar por la Agencia Tributaria no llegarán más allá del 50% de la reclamación presentada.

Dicha decisión supone un cambio radical de postura respecto de lo manifestado públicamente por el Ministro de Hacienda el pasado 26 de septiembre, durante la rueda de prensa que tuvo lugar tras la reunión del Consejo de Ministros, en la que se comprometió a cumplir estrictamente el contenido de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, “las sentencias están para cumplirse” manifestó literalmente.

Además dicho cambio de criterio contraviene expresamente las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, que en sucesivas sentencias han rechazado de forma taxativa la posición adoptada por la Abogacía del Estado que alegaba en todos los expedientes de reclamación del céntimo sanitario que se encontraban en trámite judicial la pretensión de minorar del importe a devolver lo correspondiente al nivel de imposición establecido por las Directivas europeas. Frente a dicha pretensión, los Tribunales Superiores han venido señalando expresamente que “no es posible que el cumplimiento de una Directiva se apoye en el cumplimiento de otra diferente y que, por ello, se deje carente de contenido una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea” (TSJ de Galicia), o que “no es posible seguir aplicando en parte tributo como el IVMDH (“céntimo sanitario”), contrario al Derecho de la Unión, toda vez que ello supondría a su vez, no asumir el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea” (TSJ de Cataluña).

FENADISMER no se conforma y propone medidas de ataque

Como no puede ser de otra manera, FENADISMER considera dicha decisión del Ministerio de Hacienda, absolutamente contraria al Derecho Comunitario, además de contravenir las más de 200 sentencias que a nivel nacional se han dictado en relación con la devolución del céntimo sanitario, que han descartado expresamente la posibilidad de que el Ministerio de Hacienda aplique de forma unilateral dicho recorte en la devolución del impuesto. Por todo ello, el Comité ejecutivo de FENADISMER planteará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una solicitud de aclaración para que se pronuncie sobre si la medida adoptada por el Gobierno de España contraviene la sentencia dictada el pasado mes de Febrero.

Además, FENADISMER considera imprescindible manifestar de forma contundente el rechazo del sector del transporte por carretera al “tijeretazo” que pretende aplicar el Ministerio de Hacienda, por lo que se ha acordado plantear un Plan conjunto de movilizaciones al resto de asociaciones nacionales de transportistas, que se concretará en la reunión que se celebrará el próximo 28 de Octubre en la sede del Ministerio de Fomento.

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