Los plazos de pago de los servicios de transporte mantienen su camino hacia la legalidad

Calculadora y gráfica. 
Plazos de pago en el transporte

Los plazos de pago de los servicios de transporte mantienen su camino hacia la legalidad. En enero de 2024 la media se situó de nuevo en 66 días, como en diciembre de 2023, muy cerca de los 60 que marca la normativa. Por otra parte, en breve, el Ministerio publicará la nueva lista de empresas morosas que fueron sancionadas con carácter definitivo en el segundo semestre de 2023.

Según los datos correspondientes al mes de enero de 2024 recogidos por FENADISMER en su Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España, que elabora mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, en el primer del nuevo año se ha mantenido la reducción en los plazos de pago a los transportistas que se produjo en diciembre de 2023, cuando se registró una media de 66 días, un plazo muy próximo a los 60 días que fija la normativa.

Desde FENADISMER destacan que en el 66% de los casos las empresas cargadoras e intermediarias que incumplieron la legislación sobre morosidad pagaron en un plazo de entre 60 y 90 días, exceso que se considera leve. Sin embargo, en el lado opuesto se ha registrado un 11% de empresas que pagaron a más de 120 días, lo que no deja de ser un avance frente al 20% que se registró en 2022.

En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden: la trasferencia, con un 67%; el confirming, con un 25%; el pagaré, un 7% y el cheque, ya menos de un 1%. 

El régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte por carretera se aprobó a finales de 2021, y “la intensa actividad llevada a cabo por los Servicios de Inspección de Transporte en este ámbito en el último año, con una campaña de control llevada a acabo de oficio tanto a empresas cargadoras como intermediarias, están contribuyendo de forma decisiva a mejorar la situación de los plazos de pago a los transportistas”, afirman desde FENADISMER.

A lo que añaden que “en relación con lo anterior, como se recordará, la Ley que estableció el nuevo régimen sancionador incluyó la obligación de que la Administración de Transportes hiciera pública con carácter periódico una relación de las empresas cargadoras e intermediarias sancionadas hasta la fecha y cuyas multas sean firmes en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial, con el objetivo de contribuir a su mayor cumplimiento”. 

“En cumplimiento de dicha previsión legal, según ha podido saber FENADISMER, el Ministerio de Transportes publicará en breve en su página web oficial la nueva lista de empresas incumplidoras correspondientes al segundo semestre de 2023”, indican en su comunicado.

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