Usar la tarjeta de otro conductor es manipulación del tacógrafo y delito

La Audiencia Provincial de Tarragona ha desestimado el recurso presentado por los representantes legales de un conductor, contra el que se ha iniciado un procedimiento penal por falsificación en documento oficial al conducir utilizando la tarjeta del tacógrafo de otro conductor.

Los representantes legales de un conductor, contra el que se inició el año pasado un procedimiento penal por llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta digital de otro conductor, presentaron un recurso ante la Audiencia Provincial de Tarragona solicitando el sobreseimiento libre y el archivo de la causa. La petición se basaba en que la conducción con la tarjeta de tacógrafo de otro conductor no supone una forma de manipulación o modificación de los datos, y, en segundo lugar, que el tacógrafo es un documento privado, no oficial o público, por lo que esta acción no tiene relevancia penal.

Sin embargo, los argumentos de la defensa no han sido aceptados por los magistrados de la Audiencia Provincial de Tarragona, que han desestimado el recurso, por lo que el procedimiento sigue adelante. Según consta en el auto de la Audiencia de Tarragona, de febrero de 2021, la desestimación del recurso se basa en la Sentencia 94/2020 de 15 de enero del Tribunal Supremo, con la que se fijó un criterio definitivo de interpretación frente a las sentencias contradictorias que hasta entonces habían emitido las Audiencias Provinciales sobre las denuncias por manipulación del tacógrafo y su consideración como delito.

Con la sentencia del Supremo de enero del año pasado se estableció que una de las modalidades de falsificación corresponde a los supuestos en los que “la formación de un documento parezca provenir de un autor diferente del efectivo (falta de autenticidad subjetiva o genuinidad)”, que es lo que ocurre cuando se conduce utilizando la tarjeta del tacógrafo de otro conductor.

Recordamos que el delito de falsedad documental se castiga con penas de entre seis meses y tres años de prisión y una multa económica de seis a doce meses. Además, la condena puede incluir una pena de inhabilitación especial que impida el ejercicio de las profesiones de transportista, de intermediario en la contratación de transportes o de gestor de transporte, ya que al tener antecedentes penales se puede perder la honorabilidad.

En este podcast, Fernando Ropero, Guardia Civil especializado en transporte, explica perfectamente qué es manipulación del tacógrafo.

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