La Comisión Europea por fin se decide a tomar medidas de apoyo al transporte

La Comisión Europea ha recogido las críticas por su pasividad y ha decidido impulsar un proyecto legislativo que recoge medidas para unificar criterios en todos los estados miembros.

La Comisión Europea ha sido objeto de numerosas críticas por su actitud pasiva a la hora de coordinar medidas comunes en todos los estados miembros para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID19, a la vez que se favorece la actividad de transporte de mercancías por carretera. Parece ser que todas estas críticas, desde organizaciones empresariales e instituciones han hecho su efecto y la Comisión anuncia una serie de medidas por la vía de Reglamento urgente para ampliar la validez de las tarjetas CAP, los carnés de conducir, la ITV, etc.

Si algo ha puesto de manifiesto la crisis sanitaria ha sido la incapacidad de los Estados miembros de articular medidas comunes para favorecer la actividad de transporte, que se ha mostrado una vez más esencial para garantizar la salud, seguridad y los productos de primera necesidad de todos los ciudadanos. Cada país ha ido articulando las medidas que ha considerado oportunas, olvidándose de los países de su entorno. Y la Comisión Europea no ha sido capaz, hasta ahora, de dar algo más que unas recomendaciones.

La falta de una actuación por parte de la Comisión Europea que unificara las normas aplicables en todos los Estados miembros, ha llevado durante estas semanas de crisis sanitaria a que cada país legislara de forma unilateral ocasionando un auténtico caos a las empresas de transporte. El ejemplo más claro es las diferentes exenciones en los tiempos de conducción y descanso. tema en el que la Comisión tampoco se mete en este Reglamento de urgencia, por lo que seguirá habiendo tantas exenciones como Estados miembros decidan ponerlas (en este enlace puedes ver las exenciones actualizadas país por país). 

Otras decisiones unilaterales son las que se refieren a levantamientos totales o parciales de las restricciones a la circulación, prórrogas de documentos esenciales de la actividad tales como tarjetas CAP o de tacógrafo, permisos de conducir, ITV, etc…, cierre y control de fronteras, obligaciones de cuarentenas y medidas sanitarias y de higiene, documentos obligatorios para el tránsito y cruce de fronteras, etc.), decisiones que  únicamente han contribuido a generar una mayor incertidumbre e inseguridad jurídica para los transportistas.

Ante este verdadero caos normativo, finalmente la Comisión Europea ha adoptado un Paquete de Medidas para garantizar la viabilidad y el futuro del transporte en la situación actual de desescalada de la crisis y asegurar una coordinación de normas esenciales aplicables de modo armonizado en toda la UE.

Entre las medidas propuestas por la Comisión Europea , se incluyen las siguientes:

Tarjeta CAP

Se establece que aquellos certificados de cualificación de los conductores, como las tarjetas CAP, cuya validez expire entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, prorrogarán su validez por un periodo de seis meses. Se garantiza así la validez de estos certificados para garantizar la continuidad del transporte por carretera.

Permisos de Conducir

Se establece que aquellos permisos de conducir cuya validez expira entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, tendrán prorrogada su validez por un periodo de seis meses.

El tacógrafo y la tarjeta

Se permitirá que los Estados miembros puedan autorizar por un periodo limitado, la circulación de vehículos equipados con tacógrafo cuya inspección no haya podido llevarse a cabo en su debido momento debido al cierre de talleres y establecimientos por causa de la emergencia sanitaria.

Por otra parte, los conductores con la tarjeta de tacógrafo caducada, deteriorada o que la hayan perdido o se la hayan robado, podrán seguir conduciendo. En estos casos, tendrán que usar el procedimiento que establece la normativa: imprimir un ticket del tacógrafo al iniciar la jornada y otro al finalizar, y rellenar ambos con sus datos y firma.

Inspección Técnica de Vehículos (ITV)

Se establece que aquellas ITV que deban realizarse entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, podrán efectuarse en un momento posterior, pero con un máximo de seis meses después de la fecha de su vencimiento, garantizándose de este modo, la validez de estos documentos.

Certificado de Conductor de Terceros Países para el Transporte Internacional Mercancías

Se establecerán criterios para que los estados miembros adopten las medidas necesarias para garantizar la validez de estos certificados (aun cuando su vigencia hubiera expirado) durante un periodo de tiempo limitado.

Capacidad económica de las empresas de transporte

En el caso de que haya empresas de transporte que no cumplan el requisito de capacidad financiera como consecuencia de la actual falta de actividad y de ingresos, en vez de los seis meses que fija el Reglamento comunitario para demostrar que se cumple el requisito de capacidad económica (o financiera), debe ampliarse a doce meses este periodo, para las evaluaciones realizadas y las decisiones tomadas desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

Todas estas medidas se tramitarán bajo la forma de un Reglamento Comunitario, por lo que una vez sea tramitado por vía de urgencia, por el Consejo y el Parlamento europeo, será inmediatamente adoptado por los Estados miembros y resultando directamente aplicable sin necesidad de trasposición a la legislación nacional. Os informaremos una vez sea aprobado finalmente.

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