Guipúzcoa pide amparo al Constitucional contra el Supremo por los peajes a camiones en la N1 y A15

Guipúzcoa no cesa en su empeño en obtener una victoria, aunque sea moral, con el tema de los peajes en la N1 y A15. Ahora, las Juntas Generales han anunciado que van a interponer un recurso de amparo en el Constitucional contra la primera norma foral tumbada por el Supremo. Consideran que el Supremo se ha saltado la normativa europea sobre peajes que es la que da validez a su canon por tramos.

Las Juntas Generales de Guipúzcoa han anunciado que van a interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Supremo de febrero que anula la primera norma foral (7/2016) que daba cobertura legal al peaje para camiones por tramos en la N1 y A15. Esta norma foral estuvo en vigor desde enero de 2018 a mayo de 2019, cuando fue sustituida por una segunda norma foral ante la sentencia de nulidad por discriminatoria del Supremo.

La segunda norma foral también ha sido declarada nula por el Supremo y se está a la espera de que este Tribunal se pronuncie sobre el incidente de nulidad planteado por la Diputación de Guipúzcoa contra esta sentencia. Una vez que se pronuncie el Supremo sobre el incidente de nulidad, se publicará y la Diputación guipuzcoana no tendrá ningún argumento para seguir cobrando los peajes a camiones.

Hasta que tengan elaborada y en vigor la tercera norma foral que de cobertura a estos peajes y que ya ha anunciado la Diputación foral, cambiará su filosofía, les han obligado muy a su pesar las cuatro sentencias en contra, y dejará de ser un peaje por tramos para pasar a cobrar por la totalidad del uso de la N1, la A15 y la Autovía de Leitzaran. Es la forma que tienen de sortear la consideración de discriminatoria que han tenido las dos normas forales aplicadas hasta ahora.

Dejará de ser discriminatorio porque ya no solo afectará a los transportistas de paso, si no también a los guipuzcoanos.

El Tribunal Constitucional tardará años en pronunciarse sobre este recurso de amparo y mientras tanto la Diputación habrá tenido tiempo de sobra de elaborar su tercera norma y tenerla en vigor para principios de 2022.

El recurso de amparo que plantean las Juntas generales y la Diputación contra las sentencias de Supremo, que declaran nulo por discriminatorio este canon por tramos, se basa en que se han conculcado dos derechos fundamentales en el procedimiento judicial y que están previstos en la Constitución:

  • 1.-El derecho a la tutela judicial efectiva
  • 2.-El derecho a tener un proceso con todas las garantías.

Y es que, tanto para las Juntas Generales como para los servicios jurídicos de las mismas, las normas forales que amparan los peajes a camiones se basan en la normativa comunitaria sobre cobro por uso de infraestructuras (euroviñeta) por lo que el Supremo tendría que haber consultado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea antes de emitir su veredicto, y no lo ha hecho. Y como no lo hizo, al menos tendría que haber justificado porqué no eleva esta cuestión prejudicial a dicho tribunal europeo. Y el Tribunal Supremo no ha hecho ninguna de las dos cosas, en opinión de las Juntas Generales de Guipúzcoa, la Diputación y los servicios jurídicos de ambas.

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