Aunque la Comisión Europea no lo ha publicado hasta hoy, martes 14 de abril, Portugal comunicó el 7 de este mes las nuevas exenciones que iba a aplicar puesto que las anteriores finalizaron el 6 de abril. Y hay cambios con respecto a las anteriores.
Desde el 7 de abril y hasta el 21 del mismo mes, las exenciones a los tiempos de conducción y descanso que se aplican en Portugal son las siguientes:
Artículo 6.1: pueden hacerse periodos de conducción diarios de hasta 11 horas.
Artículo 8.6: en dos semanas consecutivas hay que tomar al menos un descanso normal de 45 horas y uno reducido de al menos 24 horas, que no tiene que ser compensado.
Artículo 8.8: el descanso normal puede hacerse también en cabina siempre que el vehículo esté debidamente equipado para ello y esté estacionado.
En este enlace tienes todas las exenciones a los tiempos de conducción que se aplican en Europa por el Covid-19.