Un nuevo Real Decreto prohíbe la realización de reparaciones en carretera

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto que regula las condiciones en las que las grúas de auxilio deberán prestar sus servicios en carretera a partir del 1 de julio. Entre otras novedades, se prohíbe la realización de reparaciones en carretera, deben incorporar una nueva señal de identificación y deben utilizar un sistema de geoposicionamiento que pueda comunicar telemáticamente su ubicación mientras estén auxiliando a un vehículo a una plataforma de información sobre el tráfico.

Los más 11.000 vehículos que están autorizados para prestar servicios de auxilio en carretera están sujetos a una nueva normativa que regula su actividad, que ha sido publicada en el BOE, pero entra en vigor el 1 de julio. El objetivo prioritario de esta medida es reducir la elevada siniestralidad de este sector: entre los años 2015 y 2016 fallecieron 50 trabajadores mientras trabajaban en carretera, 113 fueron hospitalizados y 769 resultaron heridos.

En cuanto a la operativa, se especifica que, en general, no se realizará en la carretera ninguna reparación, salvo que:
se necesite menos tiempo para solucionar la avería que para retirar el vehículo,
– o que la reparación sea necesaria para poder retirar de la vía al vehículo auxiliado.

Lo que queda terminantemente prohibido es la realización de reparaciones o cualquier otra operación de auxilio en el lado del vehículo que esté contiguo al flujo del tráfico. En estos casos, se comunicará y se esperará la llegada de los agentes responsables de controlar el tráfico, con el fin de que tomen las medidas necesarias para regular el paso de los vehículos y se pueda completar con seguridad la operación de auxilio.

Y ojo a la realización de auto-reparaciones en la calle: en un apartado de este Real Decreto se señala que «queda prohibida toda actividad de reparación de vehículos que se encuentren en las vías públicas y que no pueda ser considerada como una operación de servicio de auxilio».

Por otra parte, también «se prohíbe a los usuarios de las vías cuyo vehículo haya sufrido un accidente cumplimentar el parte de accidente en la plataforma de circulación. Este proceso se llevará a cabo en un lugar seguro fuera de la vía.»

Sistema de geoposicionamiento en las grúas para comunicar su posición

Volviendo a las novedades relacionadas con las grúas de auxilio en carretera, uno de los cambios más relevantes que se introduce con el Real Decreto es la obligación de contar con un sistema geoposicionamiento que pueda comunicar telemáticamente su ubicación mientras estén auxiliando a un vehículo.

Su posición se publicará en el nuevo Punto de Acceso Nacional en Materia de Tráfico y Movilidad, un nuevo portal de información dependiente de la DGT, desde el que se facilitará en un formato estandarizado la información de tráfico en tiempo real proveniente de todas las fuentes disponibles (DGT, Tráfico del País Vasco y Cataluña, ayuntamientos, entidades privadas, etc.), de manera que esta información sea accesible a los proveedores de servicios, a los ciudadanos y a las administraciones.

Señal luminosa para señalizar el peligro

Señalar que en las Disposiciones adicionales de este Real Decreto se detalla cómo va a ser el sustituto de los triángulos como señal de peligro: un dispositivo luminoso de color amarillo que se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado y que será obligatorio a partir de enero de 2026, que también comunicará al Punto de Acceso Nacional en Materia de Tráfico y Movilidad la posición del vehículo inmovilizado en la calzada. El objetivo es advertir de la presencia del vehículo «obstáculo» al resto de usuarios de la carretera a través de la futura señal virtual de peligro, que se activará en el tablero de instrumentos de los vehículos que estén conectados con el Punto de Acceso Nacional en Materia de Tráfico y Movilidad.

Nueva señal V-24 para los vehículos de auxilio en carretera

Señal V-24: Placa de vehículo de servicio de auxilio en vías públicas.

Por otra parte, las grúas de asistencia en carretera van a incorporar un nuevo sistema de señalización luminosa que mejore su visibilidad y se deja como opción que incorporen señalización acústica. Además, deberán cubrir un área mayor de la carrocería con distintivos reflectantes V-2 (bandas reflectantes) y deben incorporar la señal V-23 reflectante, delimitando el perímetro del vehículo. También cambia la placa identificativa que llevaban hasta ahora estos vehículos, de modo que deben incluir su número de inscripción en el Registro de Empresas de Asistencia en la Vía de la DGT (REAV). Esta es la placa V-24 y deberán llevar colocada al menos una, en la parte posterior o delantera del vehículo.

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