Se flexibilizan más los tiempos de conducción pero solo para el transporte discrecional de viajeros

Bruselas ha decidido flexibilizar más los tiempos de conducción, pero solo para el transporte discrecional de viajeros en autobús. Si el Paquete de Movilidad I ya introdujo cierta flexibilización para todos los conductores, ahora se avanza en esta flexibilización que permita a los conductores de viajeros poder adaptar mejor sus jornadas a las necesidades de este transporte, pero se deja fuera a los conductores de mercancías, a algunos de los cuales podría venirle también bien esta flexibilización.

FENADISMER aplaude la flexibilización que Bruselas ha decidido introducir en los tiempos de conducción y descanso de los conductores de transporte discrecional de viajeros en autobús, pero lamenta que no se haya considerado la posibilidad de extenderlo al transporte de mercancías, ya que algunas actividades dentro del mismo podrían también beneficiarse de estas nuevas reglas.

Las nuevas «reglas» para el transporte de viajeros ya aprobadas, y que se publicarán en los próximos días en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) afectan tanto a las pausas, como a los descansos diarios y semanales. Así, a los conductores de transporte discrecional de viajeros en autobús se les va a permitir:

  • Pausa de 45 minutos cada cuatro horas y media de conducción: podrán dividir la pausa obligatoria de 45 minutos en dos pausas de al menos quince minutos cada una (la norma, y que sigue aplicando en el caso de los conductores de mercancías, y del resto de conductores de viajeros, obliga a que la primera pausa sea de al menos quince minutos y la segunda pausa de treinta minutos).
  • Descanso diario: se les permite aplazar el descanso diario una hora como máximo, si el periodo de conducción diario no ha superado las siete horas y siempre que se trate de un servicio discrecional de viajeros de al menos seis días. Y, en el caso de que la duración del servicio alcance los ocho días, podrán aplicar esta excepción hasta en dos ocasiones.
  • Descanso semanal: en relación con el descanso semanal, se va a permitir que también en el caso de servicios nacionales de transporte discrecional de viajeros se puedan realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas (como aprobó el Paquete de Movilidad I pero solo para los transportes internacionales, tanto de viajeros como de mercancías).

FENADISMER ha anunciado que «promoverá antes las instituciones europeas su extensión a todos los subsectores del transporte por carretera

Aquí tienes información completa sobre los tiempos de conducción y descanso.

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