Competencia (CNMC) ataca de nuevo: a favor de que las empresas de VTC hagan transporte de mercancías

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado un informe en el que avala que las empresas con autorización VTC puedan realizar transporte de mercancías utilizando los mismos vehículos turismo que emplean para el de transporte de viajeros. FENADISMER va a promover que se modifique la Ley de Transporte y se impidan estas prácticas de una vez por todas.

El informe elaborado por la CNMC, en el que se avala la posibilidad de que las empresas con autorización VTC puedan utilizar sus turismos para repartir mensajería y paquetería, es la respuesta que ha dado esta institución a una queja presentada por un operador de VTC asociado a Cabify, contra los requerimientos y las sanciones que le ha impuesto la inspección de transporte de la Comunidad de Madrid.

En dicho informe, la CNMC considera que “el requerimiento de cese de la actividad detransporte de pequeñas mercancías en el maletero de turismos de menos de 2 toneladas de MMA, empleados habitualmente para la actividad de VTC, podría ser innecesario y desproporcionado.”

Argumenta su conclusión de la siguiente manera: “De un lado, la normativa sectorial de transporte excluye la autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a 2 toneladas. Por otro lado, la interpretación de que los vehículos adscritos a la actividad de VTC deban emplearse exclusivamente para el transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, no sería conforme con la Ley General de Unidad de Mercado, al considerarse innecesaria y desproporcionada. Asimismo, el uso del compartimento específico de carga de los vehículos de turismo permitiría realizar la actividad con seguridad, de modo que tales vehículos serían adecuados a los fines del transporte descrito.

Este informe no supone que se tengan que autorizar este tipo de prácticas, pero puede influir en las decisiones que se tomen al respecto por otras instancias, como los tribunales de justicia. De hecho, el operador de VTC también ha llevado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid su conflicto con la inspección de transporte de la Comunidad de Madrid.

Los antecedentes de este informe son los siguientes: Cabify anunció el lanzamiento de un servicio de reparto durante el estado de alarma, decretado entre marzo y junio de 2020, para dar trabajo a estos vehículos ante la falta de viajeros.

FENADISMER denunció esta práctica ante la inspección, ya que va en contra los establecido en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y supone una competencia desleal para las empresas de mercancías, cuyo nivel de actividad también se había visto seriamente afectado por la pandemia.

Tras la denuncia de FENADISMER, la inspección de transporte de la Comunidad de Madrid envió un requerimiento a Cabify para que dejara de anunciar y prestar este servicio. Para evitar la intermediación, actividad para la que en el transporte siempre se exige autorización, Cabify reorganizó el servicio, de modo que pasó a prestarlo de forma directa el operador VTC asociado.

A este primer requerimiento le siguieron otros, además de la apertura de expedientes sancionadores, lo que no ha impedido que Cabify haya mantenido su servicio de reparto de mercancías. Además, presentó una reclamación ante la CNMC, que ha respondido con este informe, en el que se afirma que los vehículos de turismo de menos de 2 toneladas de MMA pueden dedicarse al reparto de pequeñas mercancías.

Desde FENADISMER han manifestado su rotundo rechazo “al informe de la CNMC, que no hace si no contribuir a ‘cronificar’ el intrusismo que desde diferentes Plataformas Tecnológicas se promueve contra el sector del transporte de mercancías y que tanto precariza esta actividad profesional, por lo que va a instar a que se promuevan las modificaciones legales que sean necesarias para impedir el desarrollo de dichas practicas ilícitas, que atentan de forma grave contra la competencia leal en el sector.

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