FENADISMER pide la retirada de la Orden “sudoku” con la prórroga de la ITV

Según FENADISMER, la Orden para prorrogar la validez de la ITV crea situaciones «irracionales» en los camiones de más de diez años.

FENADISMER pide que se retire la Orden firmada por Sanidad que regula la ampliación de la prórroga de la ITV, que califica de precipitada, irracional y antieconómica, que solo favorece a las empresas con estaciones ITV, y se espere a la aprobación del Reglamento europeo que se está elaborando sobre este asunto. En la Federación consideran que la Orden no se puede aplicar a los camiones de más de diez años y otros vehículos que tienen que pasar la ITV cada seis meses, unos 400.000 en total.

FENADISMER ha emitido un comunicado en el que califica de “irracional e incomprensible” la Orden del Ministerio de Sanidad publicada en el BOE este sábado 16 de mayo, en la que se establece el procedimiento para poner al día la ITV de los más de cuatro millones de vehículos que, por ahora, no han realizado la correspondiente revisión durante el estado de alarma. Aquí ya explicamos el sistema ideado por el Gobierno con esta Orden.

También afirman que esta Orden lo que “garantiza es que todos los vehículos van a tener que pasar su segunda revisión en menos tiempo, al recortar la frecuencia con que periódicamente deben pasar la ITV, lo que contraviene el Real Decreto que regula las inspecciones técnicas de los vehículos”. Medida que claramente favorece a las empresas con estaciones ITV.

En su comunicado critican especialmente la situación de los más de 400.000 vehículos que están obligados a pasar la ITV cada seis meses. En concreto: 60.000 vehículos ligeros y 250.000 camiones pesados de transporte de mercancías con más de 10 años de antigüedad, 50.000 autobuses de más de cinco años, y miles de taxis y ambulancias de más de cinco años de antigüedad.

El origen del problema está en que la Orden establece que, tras pasar la inspección, en lugar de fijar la fecha de la siguiente revisión teniendo en cuenta el día en el que se ha pasado efectivamente la ITV, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y, por tanto, los días de prórroga no se computarán para establecer la fecha de la siguiente inspección.

Desde FENADISMER afirman que la regulación establecida en la Orden del Ministerio de Sanidad supone que, una vez pasada la ITV, esos 400.000 vehículos tendrán que volver a pasar otra revisión prácticamente en los siguientes días. Incluso, en algunos casos, el resultado es tan absurdo que la segunda revisión podría pasarse antes que la primera.

Desde la Federación dan dos ejemplos “para entender los resultados aberrantes” de la Orden en los vehículos que tiene que pasar la ITV cada seis meses: “un vehículo al que le hubiera caducado el pasado 14 de marzo, y si el estado de alarma concluyera el próximo 24 de mayo (el resultado irracional de la fórmula se agrava más aún si se prorroga el estado de alarma a junio) el transportista debería pasar su primera revisión antes del 7 de agosto, y la siguiente tan sólo 38 días después, en concreto el 14 de septiembre.

Pero el resultado es aún más disparatado en el caso de que la ITV venza, por ejemplo, el lunes 18 de mayo, ya que el transportista podría pasar la primera revisión antes del 20 de noviembre, pero la segunda la tendría que pasar dos días antes, en concreto el 18 de noviembre.” Para FENADISMER, estos resultados son “absolutamente irracionales y antieconómicos.”

Sobre este punto, señalan que “puede lógicamente comprenderse la satisfacción” de la asociación que agrupa a las empresas de ITV, ya que la regulación establecida, además “de evitar aglomeraciones en los próximos meses como consecuencia de la cantidad millonaria de vehículos que se encuentran en la actualidad con la ITV caducada, también les garantiza que todos los vehículos van a tener que pasar su segunda revisión en menos tiempo”. Es decir, con el sistema fijado por la Orden, las ITVs realizarán el mismo número de revisiones que si no se hubiera decretado el estado de alarma.

“Por ello”, afirman desde FENADISMER, “resulta incomprensible que el Ministerio de Sanidad se haya precipitado en aprobar esta Orden Ministerial, sin tener en cuenta ni las peculiaridades del sector del transporte ni, lo que es aún peor, sin esperar a la aprobación del Reglamento sobre la materia que está tramitando la Unión Europea, el cual establece una simple fórmula de prórroga de la vigencia de las inspecciones técnicas de los vehículos que hayan caducado o vayan a caducar entre el 1 de marzo y el 31 de agosto, ampliándolas hasta seis meses adicionales (el Parlamento ha propuesto que sean siete), sin establecer retroactividad alguna, lo que permite una mayor flexibilidad en las actuales circunstancias excepcionales. Por ello, FENADISMER confía en que el Ministerio de Sanidad reconsidere la regulación aprobada y, en consecuencia, la adapte a la normativa europea que finalmente se apruebe.”

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