Aprobados 400 millones en ayudas para la compra, transformación y achatarramiento de camiones

ayudas para la compra, transformación y achatarramiento de camiones

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy los 400 millones en ayudas para la compra, transformación y achatarramiento de camiones. Se trata de impulsar la transformación actual de la flota en una flota más sostenible y que permita alcanzar los objetivos de neutralidad de emisiones de 2050.

Con carácter inmediato se van a transferir los primeros 174 millones de euros a las comunidades autónomas y a Ceuta y Melilla para que pueda empezarse cuanto antes a solicitarse estas ayudas para la compra de camiones cero o de bajas emisiones, el achatarramiento de camiones matriculados antes del 1 de enero de 2019 o la transformación, «retrofit», de camiones de gasoleo o gasolina en camiones eléctricos. Se incluyen también ayudas para la instalación de infraestructuras de recarga.

Este plan de ayudas dotado con un total de 400 millones para la renovación de la flota de camiones y autobuses pertenece al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dotado con fondos europeos para favorecer la recuperación económica tras la pandemia.

El plan estará vigente hasta el 30 de abril de 2024 y se pone en marcha ahora con 174 millones de euros, que se van a entregar con carácter inmediato a las comunidades autónomas. En función de la demanda, la cuantía del plan es ampliable hasta los 400 millones de euros.

Los vehículos objeto de la subvención son los vehículos de transporte de mercancías (N) o viajeros (M) nuevos, que se matriculen por primera vez en España. La adquisición del vehículo, que tiene que ponerse a nombre del destinatario final de la ayuda, puede ser mediante compra, leasing o renting. Pueden entrar vehículos con una antigüedad no superior a quince meses desde su primera matriculación, siempre que estuvieran a nombre del concesionario, punto de venta o fabricante o importador que realiza la venta al destinatario final.

Vehículos subvencionables

Las categorías de vehículos subvencionables son:

Mercancías: Categoría N:

  • N2: vehículos para el transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas y hasta 12 toneladas de MMA
  • N3: vehículos para el transporte de mercancías de más de 12 toneladas de MMA.

Viajeros: Categoría M

  • M2: vehículos para el transporte de viajeros y sus equipajes de más de ocho plazas más la del conductor y hasta 5 toneladas de MMA.
  • M3: vehículos para el transporte de viajeros y sus equipajes de más de ocho plazas más la del conductor y más de 5 toneladas de MMA.

Vehículos O4: semirremolques de más de 10 toneladas de MMA.

Los tipos de vehículos nuevos que se subvencionan son:

  • BEV: eléctrico puro
  • PHEV: híbrido enchufable
  • REEV: eléctrico de autonomía extendida
  • FCV o FCHV: de hidrógeno (celdas o pila de combustible)

Los camiones de gas fuera de las ayudas, de momento

Según el real decreto, los camiones propulsados por gas natural (GNC o GNL) no son merecedores de incluirse en estas ayudas, pero sí los autobuses. Las razones últimas de esta discriminación a los camiones no las conocemos ni las entendemos. Son muchos los camiones que hacen reparto urbano y, si los autobuses urbanos pueden acceder al centro de las ciudades con gas natural (y los camiones también), no entendemos porqué no pueden darse estas ayudas, con el mismo carácter transitorio que a los autobuses.

Tampoco se contemplan ayudas a la transformación de camiones en vehículos de gas, solo para vehículos eléctricos o híbridos. Sí se contemplan para los autobuses.

Se nos dice en la exposición de motivos que este plan de ayudas tiene el objetivo de descarbonizar el transporte a largo plazo, pero hay otros planes, como la Estrategia Biometano en los que se va a articular la concesión de ayudas a la compra y transformación de camiones de gasóleo en gas, siempre que utilicen como combustible biometano u otro gas renovable.

Y estas ayudas a la compra de camiones de gas se tendrá que articular en una próxima orden ministerial del Ministerio de Transportes. En esa orden se especificará cómo se va a hacer cumplir que estos vehículos circulen solo con biometano o gas renovables, porque a día de hoy, todos los vehículos, camiones o furgonetas, que son propulsados por gas natural, sea GNC o GNL, pueden ser propulsados por biometano.

Transportistas beneficiarios de las ayudas

Los beneficiarios de estas ayudas son las empresas privadas de transporte público de mercancías y viajeros (incluidos autónomos, pequeñas y medianas empresas y grandes empresas) y empresas de transporte privado complementario. Para poder acceder a estas ayudas, en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto (el 18 de noviembre), el transportista tiene que ser titular de una tarjeta de servicio público de viajeros o mercancías adscrita a vehículos pesado (MDP o VP) o privado complementario (MPC o VPC) y se incluye también las autorizaciones autonómica de vehículos ligero, siempre que tuvieran adscritos vehículos de más de 3,5 Tn de MMA, que son los vehículos subvencionables.

El plan prevé que las ayudas sean más cuantiosas para los autónomos y pequeñas empresas que para las medianas y grandes empresas. Son los que tienen más dificultades para acceder a este tipo de vehículos por precio.

La diferencia entre pequeña, mediana y gran empresa es la siguiente:

Categoría empresaNº trabajadoresVolumen de negocioBalance general
Mediana< 250Hasta 50 millones eurosHasta 43 millones euros
pequeña< 50Hasta 10 millones eurosHasta 10 millones euros

Gran empresa es todo lo que exceda de los límites para mediana empresa.

Objetivos del plan de ayudas a la compra de camiones

El objetivo de este plan de ayudas, que pone en marcha el Ministerio de Transportes, es impulsar la transformación del parque de vehículos pesados, incentivar la penetración de energías alternativas y acelerar la reactivación industrial del sector de la automoción a la vez que se favorece la descarbonización de las flotas y se mejora la calidad del aire.

El transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros es responsable del 8,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero en España y representan solo el 2% del parque total de vehículos. Estas cifras le convierten en el sector con mayor margen de descarbonización en los próximos años.

Conscientes de que la oferta de vehículos cero emisiones o incluso de bajas emisiones en el transporte pesada es escasa, en comparación con la oferta de este tipo de vehículos en turismos o furgonetas, el objetivo también es iniciar la senda de la transformación de las flotas a flotas cero emisiones.

El objetivo es bien difícil de conseguir, ya que en 2020 solo se matricularon 6 camiones eléctricos en España y 40 autobuses.

Las acciones que se van a subvencionar

A) Achatarramiento de camiones matriculados antes del 1 de enero de 2019 y que estén adscritos a una tarjeta de transporte. El objetivo es que salgan del sector, del parque, 20.000 camiones y 3.000 autobuses, de esta forma podrían reducirse 600.000 toneladas/año de emisiones de CO2. Evidentemente, el achatarramiento no está unido a la compra de un vehículo nuevo.

B) Compra de un vehículo de energías alternativas (eléctrico, hidrógeno, híbrido, híbrido enchufaba) y, exclusivamente en el caso de los autobuses de gas (GNC o GNL). Estos últimos, con carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2023.

C) «Retrofit» o transformación de un vehículo pesado propulsado por diesel o gas en un vehículo eléctrico o de hidrógeno, ya sea puro, híbrido o híbrido enchufaste y, exclusivamente en el caso de los autobuses, la conversión de un vehículo diésel en un vehículo 100% de gas (GNC o GNL). La transformación de diesel a gas, solo hasta el 31 de diciembre de 2023.

D) La creación de infraestructuras de recarga, siempre unida a la solicitud de adquisición de un vehículo eléctrico o híbrido. Para acceder a esta ayuda, habrá que haber solicitado también ayuda para la adquisición de un vehículo eléctrico o híbrido.

D) Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

La previsión del Gobierno es que la ejecución de este plan de ayudas contribuya a reducir en un 3% las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte por carretera y estar más en línea con los objetivos de reducción de emisiones de 2030 y 2050.

Cuantía de las ayudas por achatarramiento

La cuantía de las ayudas es un importe fijo unitario por motorización, categoría y tipo de vehículo (N2, N3, M2 y M3). Para acceder a la ayuda hay que acreditar que se ha solicitado la baja definitiva del vehículo y tener la ITV en vigor. El vehículo ha tenido que estar adscrito a una autorización de servicio público o privado complementario al menos los dos años anteriores a la entrada en vigor de este real decreto (18 de noviembre de 2021) y también en el momento de su entrada en vigor.

En el caso de los autónomos solo pueden solicitar el achatarramiento de un vehículo; las empresas hasta 30 vehículos por beneficiario.

Categoría vehículoEuro V o EEVEuro IV-Euro IIIEuro II y anteriores
M220.0009.0004.000
M325.00012.0006.000
N212.0005.0002.500
N3 < 16 TN15.0007.0003.000
N3 > 16 TN20.00010.0005.000
La ayuda por achatarramiento es compatible con la ayuda por compra de un vehículo nuevo que cumpla las condiciones de este real decreto.

Ayudas por adquisición de un vehículo cero o de bajas emisiones

1 Las ayudas establecidas para los vehículos híbridos o de gas de categoría M excluyen a aquellos vehículos incluidos en la definición de «suelo bajo» según lo especificado en el punto 3 de la parte C del Anexo I del Reglamento (UE) 2018/858 de 30 de mayo de 2018.
2 Las ayudas establecidas para vehículos híbridos de categoría N corresponden exclusivamente a la compra de vehículos de bajas emisiones, según la definición del artículo 3 (12) del Reglamento (EU) 2019/1242: «Vehículo pesado de baja emisión»: un vehículo pesado que no sea un vehículo pesado de emisión cero, con emisiones específicas de CO2 de menos de la mitad de las emisiones de CO2 de referencia de todos los vehículos del subgrupo de vehículos al que pertenece el vehículo pesado, determinadas en virtud del punto 2.3.3 del anexo I del Reglamento (EU) 2019/1242. Por tanto, los vehículos subvencionables han de estar incluidos dentro del ámbito de aplicación de dicho Reglamento y cumplir con la definición de «vehículo pesado de baja emisión».

La estimación del Gobierno es que 2.000 camiones y 500 autobuses eléctricos puros se incorporen al parque de vehículos español.

Ayudas a la transformación o «retrofit»

Tampoco nos parece coherente que se permita y se subvencione con cargo a este plan la transformación de un autobús de gasóleo o gasolina a uno de gas (GNC o GNL), pero no si se trata de un camión. Sí, se hace con carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2023, porque el propio Ministerio de Transportes reconoce que este plan es para vehículos cero o de bajas emisiones. Pero una vez más nos preguntamos, ¿por qué sí los autobuses y no los camiones?

En el caso de camiones, la ayuda solo admite transformaciones a eléctrico o hidrógeno… sin comentarios.

Categoría vehículoTransformación
a eléctrico o hidrógeno
Transformación a GNL o GNC
siempre que sea Euro V-E
M218.0006.000
M320.0007.000
N218.000NO
N320.000NO

Ayudas para la compra de semirremolques ferroviarios

La cuantía de la ayuda es de 1.000 por semirremolque (de la categoría O4 con más de 10 toneladas de MMA) y queda limitada a 30 unidades se si trata de una empresa y a una unidad si se trata de un autónomo.

Si no lo has hecho ya, es un buen momento para escuchar o leer este podcast que publicamos hace unas semanas sobre electromovilidad.

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