Cataluña también prorroga seis meses las autorizaciones complementarias para transportes especiales y para megacamiones

Cataluña prorroga seis meses la vigencia de las autorizaciones complementarias de circulación para transportes especiales y megacamiones que caduquen durante el estado de alarma.

Generalitat de Cataluña ha dado a conocer un «Comunicado informativo» en el que declara la prórroga durante seis meses de aquellas autorizaciones complementarias para transportes especiales que pierdan su vigencia durante el estado de alarma, así como la exención de pedir nuevas autorizaciones complementarias durante el estado de alarma.

Como complemento a la Instrucción de la DGT, el Servicio de Tránsito catalán se suma y declara la exención de la obtención de nuevas autorizaciones complementarias de circulación para los transportes especiales, es decir para los que superan las masas y dimensiones máximas del Reglamento General de Vehículos, así como para los vehículos especiales de obras, agrícolas y conjuntos euromodulares o megacamiones:

a) Para vehículos en régimen de transporte especial cuando la MMA autorizada del conjunto, incluida la carga NO supere las 80 toneladas, las 12 toneladas de masa por eje, los 30 m de ancho para circular por carreteras convencionales de una calzada, los 40 m de ancho si la carretera convencional es de dos calzadas y los 4,65 m. de altura, cuando circulen por la red viaria de la Generalidad de Cataluña.

En todo caso, para la anchura será necesario consultar las limitaciones de paso en este enlace.

b) Los vehículos en régimen de transporte especial y sus conjuntos cuando ninguna de sus masas y dimensiones, incluida la carga, supere las 60 toneladas de masa máxima del conjunto, cualquier valor de masa por eje, 25 m de largo, 4 m de alto y 3,5 m de ancho, siempre que circulen por las carreteras de las Diputaciones de Girona, Lleida y Tarragona.

c) Los vehículos en régimen de transporte especial cuando NO superen las 60 toneladas de masa máxima del conjunto cuando circulen por la red diaria de la Diputación de Barcelona. Los transportistas que quieran hacer transporte en las carreteras de la Diputación de Barcelona, deberán hacer directamente la consulta en esta entidad.

d) Los vehículos de transporte especial que precisen acompañamiento, NO podrán circular salvo que se trate de transportes que realicen suministro y abastecimiento de bienes esenciales.

En los cuatro supuestos anteriores, hay que consultar todos los supuestos de limitaciones de paso en los siguientes enlaces:

enlace1

enlace2

e) Para los megacamiones, mientras dure el estado de alarma, también se les exime de la obligación de solicitar la autorización correspondiente siempre que transporten bienes correspondientes a servicios declarados esenciales. Podrán circular por cualquier autopista y autovía y por carretera convencional los tramos imprescindibles entre acceso o salida o punto de carga y descarga desde o hacia la autovía o autopista correspondiente.

En cualquier caso, se recomienda consultar las limitaciones de paso específicas en las carreteras convencionales que vayan a utilizarse en los dos enlaces anteriores.

Finalmente, la Generalitat de Cataluña extiende el plazo de validez de las autorizaciones de este tipo de vehículos, cuando su vigencia finalice durante el estado de alarma, durante seis meses a partir de la fecha de caducidad de la misma.

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